El Consejo Técnico de Salud es una organización con la responsabilidad de asegurar la existencia en el país de los recursos humanos debidamente formados, especializados y sub-especializados en las diferentes carreras y ramas de la salud.
El Consejo Técnico de Salud fue creado por la Ley 66 de 10 de noviembre de 1947, Resolución N°1 de 14 de marzo de 1983, Resolución N°11 de 4 de octubre de 1985, Resolución N°3 de 25 de mayo de 1998 y Resolución N°6 de 8 de septiembre de 2005.
Entre las funciones del Consejo Técnico de Salud tiene como regular el procedimiento de reconocimiento de Títulos de especialidades en odontología y su ejercicio dentro del territorio nacional.
Además de:
- Asesorar y presentar información oportuna y períodica al Despacho Superior en materia de su competencia.
- Participar en el proceso de formar, formular y evalaur las políticas sanitarias y el Plan Nacional de Salud y de su infraesctrura.
- Elaborar todas las normas y procedimientos jurídicos y técnicos para el desarrollo de los programas y actividades en población y ambiente del Sistema Nacional de Salud.
- Revisar, validar y actualizar permanentemente con base en la evidencia científica las normas y procedimientos jurídicos y técnicos para el el desarrollo de los programas y actividades en materia de salud de la población y del ambiente.
- Supervisar y evaluar el cumplimiento de las regulaciones sanitarias poblacionales y ambientales existentes.
- Establecer, desarrollar y supervisar los sistemas de vigilancia de los factores protectores y de riegos para la salud y de la morbi-mortalidad poblacional, para el logro de intervenciones sanitarias efectivas e el Sistema Nacional de Salud.
- Promover y garantizar la capacitación sistemática y constante del equipo de salud, basada en los avances científico-técnicos de la ciencias de la salud, para garantizar la calidad de la atención integral de la población y del ambiente.
- Ejercer la Secretaria Técnico del Consejo Técnico de Salud, en su calidad de asesor técnico del Despacho Superior Ministerial.
- Asesorar y dar seguimiento a las resoluciones y otras disposiciones del Despacho Superior ministerial, en materia de Salud Pública.
- Ejecutar las sanciones establecidas en las normas y disposiciones legales que en materia de salud pública se encuentran vigentes.
- Cualquier otra función que se le asigne de acuerdo al ámbito de su competencia.
El ministerio de Salud junto a la Dirección de Salud y el Consejo Técnico de Salud tiene las funciones de regular y supervigilar el ejercicio de las profesiones médicas, a fines inclusive las actividades propias del ejercicio que se brinda.
Citar este texto en formato APA: _______. (2011). WEBSCOLAR. Consejo Técnico de Salud de Panamá. https://www.webscolar.com/consejo-tecnico-de-salud-de-panama. Fecha de consulta: 23 de noviembre de 2024.