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Cuestionario sobre sindicatos en Panamá

 

CUESTIONARIO

  1. ¿Quiénes pueden organizar sindicatos en la República de Panamá?
  2. ¿Cuántos tipos de sindicatos obreros existen?
  3. ¿Qué son las federaciones, confederaciones y centrales obreras en Panamá?
  4. ¿Cuáles son los requisitos para la formación de un sindicato?
  5. ¿Cuáles son los requisitos para la formación de federaciones, confederaciones y centrales obreras?
  6. ¿Cuáles son los requisitos para ser miembros de un sindicato?
  7. Diga los trámites para el reconocimiento de un sindicato son declarativo o constitutivo

DESARROLLO

  1. Tal como lo estipula el articulo 335 del Código de trabajo pueden organizar sindicatos sin necesidad de autorización y afiliarse a los mismos, los empleados, obreros, profesionales y empleadores, cualquier que sea el oficio, profesión o actividad que desarrollen; también los trabajadores independientes siempre que quienes los compongan no utilicen mano de obra ajena en sus labores.
  1. Existen cuatro (4) tipos de sindicatos de obreros:
  1. Gremiales: cuando están formados por personas de una misma profesión, oficio o especialidades
  2. De empresa: cuando están formados por personas de varias profesiones, oficios o especialidades que prestan servicios en una misma empresa.
  3. Industriales: cuando están formados por personas de varias profesiones, oficios o especialidades que prestan sus servicios en dos o más empresas de la misma clase.
  4. Mixtos o de oficios varios: cuando están formados por personas de diversas profesiones, oficios o especialidades, que trabajan en empresas diversas o inconexas. Estos sindicatos sólo podrán constituirse cuando en determinada ciudad, distrito, provincia o región, el número de trabajadores de un mismo gremio sea menor de cincuenta.
  1. Las federaciones son organizaciones de trabajadores agrupados en dos o más sindicatos. Las confederaciones son organizaciones formados por dos o más federaciones. Las centrales son organizaciones formadas por dos o más confederaciones.
  1. Los requisitos para la formación de un sindicato pueden constituirse con un mínimo de cuarenta miembros. Los sindicatos de empleadores pueden constituirse con un mínimo de diez miembros que sean totalmente independientes entre sí.
  1. Los requisitos son: estar afiliados en los sindicatos de trabajadores constituidos a nivel nacional o provincial.
  1. Ser trabajador de la empresa independientemente de la profesión u oficio puede formar parte del sindicato.
  1. El registro es un acto formal, no constitutivo, y no puede ser denegado salvo cuando no se cumpla con los requisitos establecidos por el Decreto Ley y que en caso que no cumpla con algunos de los requisitos para su constitución, el Estado se limita sólo a señalarlos a los integrantes del sindicato, para que sean subsanados. Es decir que la inscripción de todo sindicato es automática, a la sola presentación de la solicitud y por tanto opera el silencio positivo en coherencia con el hecho de tratarse del ejercicio de un derecho fundamental como es la libertad sindical. Creemos necesario establecer que sin duda, el acto de inscripción de un sindicato constituye sólo un acto declarativo o potestativo, debido a que la inscripción no tiene carácter obligatorio, y es potestad de inscribirlo o no.

Citar este texto en formato APA: _______. (2013). WEBSCOLAR. Cuestionario sobre sindicatos en Panamá. https://www.webscolar.com/cuestionario-sobre-sindicatos-en-panama. Fecha de consulta: 25 de noviembre de 2024.

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