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Glosario de términos básicos de derecho procesal

GLOSARIO

  1. Jurisdicción: es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes.
  1. Competencia: es la atribución jurídica otorgada a ciertos y especiales órganos del Estado de una cantidad de jurisdicción respecto de determinadas pretensiones procesales con preferencia a los demás órganos de su clase.
  1. Proceso: es la serie de actos jurídicos que se suceden unos a continuación de otros, de manera concatenada y que tienen por objeto resolver a través de la decisión de un juzgador la petición, sometida a su conocimiento
  1. Procedimiento: es el conjunto de actuaciones judiciales que tienen como objeto la efectiva y justa realización del derecho material.
  1. Detención Preventiva: es una medida cautelar de carácter personal que afecta el derecho de libertad personal durante un breve periodo de tiempo. Es la retención que puede efectuar la policía en sus instalaciones antes de la puesta a disposición del detenido ante un juez.
  1. Principio de legalidad: es un principio fundamental conforme al cual todo ejercicio del poder público debería estar sometido a la voluntad de la ley de su jurisdicción y no a la voluntad de las personas. Por esta razón se dice que el principio de legalidad establece la seguridad jurídica.
  1. De oficio:es un trámite o diligencia administrativa o judicial que se inicia sin necesidad de actividad de parte interesada, es decir, no es a instancia de parte.
  1. Denuncia:es un documento en que se da noticia a la autoridad competente de la comisión de un delito o de una falta.
  1. Querella: es el acto procesal consistente en una declaración de voluntad dirigida al órgano jurisdiccional competente, por la que el sujeto de la misma, además de poner en conocimiento de aquél la “notitia criminis” como noticia criminal, ejercita la acción penal, regulándose actualmente en el Código Procesal Penal.
  1. Victima: es la persona que sufre un daño o perjuicio, que es provocado por una acción, ya sea por culpa de otra persona, o por fuerza mayor.
  1. Victimario:es aquel que produce daño, sufrimiento, o un padecimiento a la víctima. No siempre victimario se identifica con delincuente ya que se puede ser víctima a raíz de una conducta que no es delictiva.
  1. Imputado: es aquella persona a la que se le atribuye participación en un delito, siendo uno de los más relevantes sujetos del proceso penal.
  1. Ministerio Público:es un organismo público, generalmente estatal, al que se atribuye, dentro de en un estado de Derecho democrático, la representación de los intereses de la sociedad mediante el ejercicio de las facultades de dirección de la investigación de los hechos que revisten los caracteres de delito, de protección a las víctimas y testigos, y de titularidad y sustento de la acción penal pública.
  1. Defensores:son aquellas personas, grupos y organismos de la sociedad que promueven y protegen los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos.
  1. Sumario:es un conjunto de actuaciones que el juez lleva a cabo, destinadas a preparar el juicio y haciendo constar los hechos que constituyen un delito, las personas implicadas, así como las circunstancias en que se desarrolla, a fin de que puedan influir en la calificación y culpabilidad de los imputados.
  1. Pruebas documentales (Peritajes – testimoniales):es un papel escrito, o voces o sonidos grabados, donde constan palabras, fotos, imágenes o dibujos, sobre cualquier soporte (papel, madera, mármol, vidrio, soporte electrónico, etcétera). Es un objeto o cosa material, que relata experiencias pasadas, pensamientos, manifestaciones de voluntad, actos comunicativos que sirven para confirmar o desmentir, hechos o actos de relevancia jurídica
  1. Plenario:son una fuente del derecho subordinada a la ley y constituyen un procedimiento de unificación de la jurisprudencia con el fin de evitar sentencias contradictorias.
  1. Audiencia preliminar:es un procedimiento que se realiza en el Tribunal de Distrito a fin de determinar si existe causa probable para acusarlo de un crimen. No se le permite testificar ni presentar pruebas en la audiencia, pero tiene el derecho de escuchar las pruebas en su contra y de interrogar al testigo estatal.
  1. Proceso abreviado:es un proceso contencioso de duración intermedia en relación al de conocimiento y al proceso sumarísimo.
  1. Sobreseimiento:es un tipo de resolución judicial que dicta un juez o un tribunal, suspendiendo un proceso por falta de causas que justifiquen la acción de la justicia. Habitualmente es una institución del derecho procesal penal.

Citar este texto en formato APA: _______. (2014). WEBSCOLAR. Glosario de términos básicos de derecho procesal. https://www.webscolar.com/glosario-de-terminos-basicos-de-derecho-procesal. Fecha de consulta: 21 de noviembre de 2024.

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