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Procedimiento de Exenciones Tributarias en Panamá

PROCEDIMIENTO REFERENTE AL TRAMITE DE DECLARACIONES QUE REQUIERAN LICENCIAS EN EL MICI PARA LA IMPORTACION DE ARTICULOS EXONERADOS

Objetivo

Sistematizar el proceso de trámite de licencias con el MICI para la autorización de importación de artículos exonerados parcial o totalmente.

Alcance

Licencias otorgadas por el MICI y autorizadas por la Dirección General de Aduanas para la importación de artículos exonerados.

Responsables

Exenciones tributarias es responsable de que este procedimiento sea seguido y respetado por todas las partes involucradas.

Procedimiento

Al momento de realizar el análisis de la predeclaración en el SICE por el corredor de aduanas. El sistema le indicará que no puede proseguir, ya que para importar artículos exonerados es necesario una licencia previa.

El corredor de aduanas llena la solicitud de permiso de importación en el sistema al momento de llenar la solicitud el corredor deberá indicar al órgano anuente y su respectivo departamento (Ejemplo MICI, Dirección Nacional de Fiscalización industrial). El SICE contará con ayuda para que el usuario pueda llenar el formulario sin inconvenientes.

El formulario contará con la siguiente información:

Una vez completada la solicitud, el SICE le asignará un código único trazable de la siguiente forma: Ejemplo SL-MICI-FI-05-03-0125

SL-Órgano-Departamento- AA-MM-XXXX

En el modulo de licencia del SICE, el departamento relacionado del MICI podrá ver inmediatamente que tiene licencias pendiente de aprobación.

La persona responsable revisa y aprueba/rechaza la licencia.

Una vez aprobada la licencia el SICE le asignará un código único trazable de la siguiente forma: Ejemplo L-MICI-FI-05-03-0025

L-Órgano-Departamento- AA-MM-XXXX

Al momento de que la licencia es aprobada por el MICI, el Departamento de exenciones tributarias debe autorizar dicha licencia. El funcionario responsable, revisa la solicitud en el sistema y autoriza la licencia para que el corredor pueda cancelar el monto pertinente por la exoneración.

El sistema asignará automáticamente un código único trazable para la autorización de la siguiente forma: Ejemplo AL-05-03-0038.

AL-AA-MM-XXXX

El corredor de aduanas le pude dar seguimiento a la solicitud de licencia en el SICE, para saber si la misma fue aprobada o rechazada por el MICI y la explicación pertinente en caso del rechazo, al igual que si la misma ha sido autorizada por el Departamento de Exenciones tributarias.

Una vez aprobada la licencia por el MICI y autorizada por exenciones tributarias, el corredor de aduanas imprime el formulario de importación de artículos exonerados (3 copias). El SICE le indicará el monto que debe cancelar en aduana para que se le autorice la exoneración (este monto se paga por cada partida arancelaria utilizada).

El corredor de aduanas se apersona a la Dirección General de Aduanas, y cancela en caja el monto pertinente, junto con lo timbres requeridos. Luego lleva las tres copias del formulario, con sus respectivas constancias de pago y timbres al Departamento de exenciones tributarias.

El Departamento de Exenciones tributarias recibe (firma y sella) el formulario ya pagado y libera la licencia en el sistema de forma que el corredor pueda trabajar la predeclaración. El corredor se queda con una copia del formulario y las otras dos copias son para Contraloría y Exenciones Tributarias.Una vez liberada la licencia el corredor de aduanas puede trabajar su predeclaración e importar los artículos exonerados autorizados por la licencia. La vigencia de la licencia será de 3 meses prorrogables a 3 meses más.

El corredor de aduanas imprime la predeclaración y la lleva a exenciones tributarias junto con los documentos de embarque y la solicitud de permiso de importación aprobada por MICI y autorizada por exenciones tributarias.

Exenciones tributarias revisa y aprueba dicha predeclaración y se envía junto con los demás documentos a las oficinas de Contraloría dentro de Aduanas.

Contraloría revisa y aprueba la predeclaración.

Exenciones tributarias libera la predeclaración en el SICE de forma que el corredor de aduanas pueda tramitar la declaración definitiva.

El corredor de aduanas imprime la declaración definitiva y junto con la predeclaración aprobada por exenciones tributarias y contraloría y la licencia del MICI procede a cancelar los impuestos requeridos en el banco.

Control de Saldos de Mercancías

Al momento de realizar la predeclaración, el SICE calculará automáticamente los saltos disponibles de los artículos autorizados en la licencia de forma tal que si no hay saldo disponible, el corredor tenga que tramitar otra licencia o pagar los impuestos pertinentes. Cuando el corredor lleva la predeclaración junto con los demás documentos a exenciones tributarias el funcionario anotará manualmente en la licencia el saldo disponible para cada artículo, siendo el valor oficial el que registre el SICE. El sistema generará alertas cuando existan saldos disponibles y la licencia este por expirar.

Prórrogas

Las licencias de importación de artículos exonerados son otorgadas con una validez de tres (3) meses. En caso tal de que la licencia este por expirar. El corredor de aduanas puede solicitar una prórroga por tres (3) meses adicionales. La prórroga será solicitada en el SICE con su respectiva justificación. Exenciones tributarias revisa la justificación de la prórroga y le indicará al corredor que su solicitud ha sido aceptada. El sistema le indicará al corredor el monto que debe ser cancelado por la prórroga (este monto se paga de acuerdo al número de partida arancelarias involucradas).

El corredor de aduanas cancela el monto de la prórroga en caja y lleva su formulario de importación (original) y su constancia de pago al Departamento de exenciones tributarias donde se le aprobrará la prórroga en el SICE. El sistema genera un código único trazable para la prórroga de la siguiente forma: Ejemplo PL-05-03-0005

Una vez autorizada la prórroga, el funcionario de exenciones tributarias anota el código anualmente en el formulario de permiso de importación. El corredor de aduana podrá realizar predeclaraciones utilizando la licencia prorrogada por tres (3) meses adicionales.

Documentos de referencia

Solicitud de permiso de importación (F-ET-014-007)

Historial de modificaciones

No ha sido modificado

PROCEDIMIENTO REFERENTE AL TRAMITE DE DECLARACIONES QUE REQUIERAN LICENCIAS EN EL MINSA

En el módulo de licencias del SICE, el departamento relacionado del MINSA podrá ver inmediatamente que tiene licencias pendientes de aprobación.

La persona responsable revisa y aprueba / rechaza la licencia.

Una vez aprobada la licencia el SICE le asignará un código único trazable de la siguiente forma: Ejemplo L-MINSA-SDP-05-03-0025

L-Órgano-Departamento- AA-MM-XXXX

El corredor de aduanas le puede dar seguimiento a la solicitud de licencia en el SICE, para saber si la misma fue aprobada o rechazada por el MINSA y la explicación pertinente en caso del rechazo.

Una vez aprobada la licencia por el MINSA, el corredor de aduanas puede trabajar la declaración definitiva e importar los artículos autorizados por la licencia. La vigencia de la licencia es de 3 meses, prorrogables a 3 meses más.

El corredor de aduanas imprime la declaración definitiva y junto con la predeclaración y la licencia aprobada del MINSA procede a cancelar los impuestos requeridos en el banco.

Control de Saldos de Cuotas

Al momento de realizar la predeclaración, el SICE calculará automáticamente los saldos disponibles de los artículos autorizados por la licencia de forma tal que si no hay saldo disponible, el corredor tenga que tramitar otra licencia. El sistema generará alertas cuando existan saldos disponibles y licencia este por expirar. El corredor de aduanas puede utilizar una misma licencia para variar declaraciones definitivas (empresa y RUC idénticos), siempre y cuando tenga saldo disponible en dicha licencia y la misma se encuentre vigente.

Prórrogas

Las licencias de importación son otorgadas con una validez de tres (3) meses. En caso tal de que la licencia este por expirar, el corredor de aduanas puede solicita una prórroga por tres (3) meses adicionales. La prórroga será solicitada mediante el SICE con su respectiva justificación. El MINSA revisa la justificación y aprueba o rechaza la prórroga. El sistema le indicará al corredor es estatus de la prórroga solicitada.

En los casos en que MINSA aprueba la prórroga el sistema genera un código único trazable para la prórroga de la siguiente forma: Ejemplo PL-05-03-0005

PL-AA-MM-XXXX

Una vez autorizada la prórroga, el corredor de aduanas imprime nuevamente el formulario de permiso de importación y puede realizar declaraciones utilizando la licencia prorrogada por tres (3) meses adicionales.

Requisitos adicionales

Documentos de referencia

Solicitud de permiso de importación (F-ET-014-013)

Historia de modificaciones

No ha sido modificado

Citar este texto en formato APA: _______. (2014). WEBSCOLAR. Procedimiento de Exenciones Tributarias en Panamá. https://www.webscolar.com/procedimiento-de-exenciones-tributarias-en-panama. Fecha de consulta: 22 de noviembre de 2024.

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