REGLAMENTACIONES DE LA LUZ
En la actualidad no existe en el país una norma oficial, que reglamente los niveles de iluminación, de todas las áreas funcionales incluidas en los planos de edificaciones exceptuando las áreas de uso habitacional.
Pero la ley 15 de 26 ale enero ale 1959, del Ministerio de Obras públicas y propuesta por la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura.
Según el acápite “G” de1 artículo 27 del Decreto 257 de 1965, se establece que es atribución de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, fijar los requisitos y las condiciones técnicas necesarias, que debe seguirse en la elaboración de los planos y especificaciones y en la ejecución general de toda obra de Ingeniería y Arquitectura, que se ejecute en el territorio de la República. Las decisiones que a este respecto tome la Junte, serán comunica las mediante resolución expedida.
NIVELES DE ILUMINACIÓN
Los niveles mínimos de iluminación en cada área funcional, deben ser establecidos por una entidad oficial debidamente autorizada, con el fin de garantizar que sean ejecutadas las distintas actividades visuales en forma adecuada, sin afectar la salud del usuario, la seguridad o calidad de la labor.
Todos los cálculos utilizados en diseños de sistemas de iluminación en toda obra de Ingeniería o Arquitectura, exceptuando los de las unidades ale vivienda, deberán cumplir con los niveles de iluminación mínimos presentados en la TABLA 1, con el fin de garantizar al usuario que las tareas visuales serán ejecutadas en forma correcta y con seguridad y facilidad.
Tabla No. 1Niveles de Iluminación
Interiores Generales |
Área Funcional |
Niveles de Iluminación recomendado |
|
General |
10 |
100 |
Área de Oficina |
20 |
200 |
Cajas |
50 |
500 |
Iluminación general |
10 |
100 |
Mesa Exámenes |
20 |
200 |
Odontología |
20 |
200 |
Cuartos de emergencia |
50 |
500 |
Laboratorios |
50 |
500 |
Archivo médico |
50 |
500 |
Farmacia |
50 |
500 |
Almacenamiento |
20 |
200 |
Servicios sanitarios |
10 |
100 |
Salas de espera |
10 |
100 |
Áreas con labores visuales no críticas ni prolongadas lectura y escritura con buen papel y tinta; archivo intermitente |
20 |
200 |
Labores regulares de oficina |
20 |
200 |
Contabilidad, dibujo |
50 |
500 |
Corredores, escaleras |
10 |
100 |
Bibliotecas |
50 |
500 |
Salones de clases general |
30 |
300 |
Auditorios |
10 |
100 |
Áreas de circulación |
10 |
100 |
Áreas de venta |
30 |
300 |
Depósitos |
20 |
200 |
Tabla No. 2Niveles de Iluminación
Interiores Industriales |
Área Funcional |
Niveles de Iluminación recomendado |
|
Simple visión fácil |
20 |
200 |
Moderado visión difícil |
50 |
500 |
Difícil |
100 |
1000 |
General |
20 |
200 |
Corte y confección |
50 |
500 |
General |
20 |
200 |
Reparaciones |
50 |
500 |
Ordinaria |
20 |
200 |
Moderada |
50 |
500 |
Dificultosa |
100 |
1000 |
Escaleras, pasillos, elevadores |
5 |
50 |
Servicios sanitarios y vestidores |
10 |
100 |
Inactivo |
5 |
50 |
Activo |
20 |
200 |
General |
20 |
200 |
Planchado |
50 |
500 |
Área de trabajo |
20 |
200 |
Cargando, embarcando |
10 |
100 |
Estos serán los valores mínimos de iluminación general, la que puede ser complementada por iluminación localizada, para cumplir con los requisitos de determinadas tareas visuales serán válidos a la altura de la superficie de trabajo seleccionada, en caso de que ésta no esté indicada, se asumirá que se encuentra a 30 plgs. (76cm) arriba del piso.
Estos valores son los mínimos aceptables todo el tiempo, es decir, que en todo cálculo de una instalación nueva, se debe considerar la recolección de sucio en luminarias, lámparas, paredes y cielorasos, además de la depreciación normal en el suministro de luz de las lámparas mismas, para en ningún momento proveer un nivel de iluminación por debajo del mínimo recomendado.
La revisión y ampliación de los niveles de iluminación, la efectuará el comité consultivo permanente del Reglamento de Instalaciones Eléctricas de la República de Panamá (RIE). Este organismo también atenderá las consultas que se efectúen sobre esta materia.
EI cambio del tipo de luminarias especificadas en el plano, deberá ser consultado con los diseñadores. Todos los planos ale sistemas de iluminación, deberán contar con una Memoria Técnica, que sustente todos los cálculos de los niveles de iluminación diseñados.
Citar este texto en formato APA: _______. (2013). WEBSCOLAR. Reglamentaciones de niveles de iluminación en Panamá. https://www.webscolar.com/reglamentaciones-de-niveles-de-iluminacion-en-panama. Fecha de consulta: 23 de diciembre de 2024.