RESUMEN DEL CAPÍTULO 1 DEL LIBRO MEDICINA LEGAL Y FORENSE
AUTOR: JOSÉ VICENTE PACHAR LUCIO
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- Definiciones y clasificación
La medicina legal es una especialidad médica; la palabra forense proviene del término latino forensis, que quiere decir “relativo al foro”, dándole referencia histórica a la época del imperio romano, donde los juicios se realizan ante un grupo notable denominado foro.
Según Eduardo Vargas Alvarado define medicina forense “es la especialidad médica que reúne todos los conocimientos de la medicina que son útiles a la administración de justicia”. Tanto Eduardo Vargas Alvarado como José Delfin Villalaín Blanco concuerdan en sus definiciones que esta ciencia es una herramienta que utiliza el derecho para administrar la justicia.
En el caso de Panamá, la medicina legal debido a su práctica institucional de la especialidad corresponde a la definición de medicina forense; sin embargo, su aplicación y práctica, incluye aspectos legales por lo cual la especialidad debe llamarse medicina legal y forense.
La medicina legal y forense es clasifica en:
- Clínica médico legal: se encarga de personas vivas. Aporta elementos científicos en investigación judicial. Se apoya en estudios de laboratorios, con otros especialistas de la medicina.
- Patología forense: se define como anatomía patológica de las muertes súbitas insospechadas, de aquella sospechosas y de las muertes violentas (Adelson, L.). Se aplica en las morgues judiciales examinando los cadáveres para determinar circunstancias y los antecedentes de fallecimientos (necropsias). Incluyen la participación del médico forense en la investigación criminal.
- Psiquiatría forense: utiliza los conocimientos de la psiquiátrica en la investigación judicial y la administración de la justicia. Tiene como objetivo determinar responsabilidad de un individuo en relación a la comprensión de sus actos.
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- Medicina, Ciencias Forenses y criminalísticas
La práctica forense está ligada estrechamente con ciencias como la ciencia forense y la criminalística entendiendo una ciencia forense como al conjunto de disciplinas que abarcan la medicina forense tales como odontología forense, antropología forense, entomología forense y criminalística.
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- Evolución histórica de la medicina legal y forense
La aplicación de los conocimientos a la solución de cuestiones jurídicas es tan antiguo. Médicos griegos y romanos aportaron conocimientos científicos de aplicación legal y forense. Hipócrates y Galeno hicieron anotaciones válidas sobre aspectos éticos de la práctica de la medicina y el aborto, respectivamente.
Durante el Siglo VI en el Código Justiniano aparecen disposiciones legales sobre la práctica médica y surgen conceptos como la inimputabilidad de los menores y alienados.
Durante el Renacimiento (florecimiento de la medicina) se generalizan conceptos como las necropsias, creciendo así los conocimientos forenses.
Para el Siglo XVI en el Código Carolino se establecieron los requisitos necesarios para la comprobación de un delito y la obligación del médico auxiliar en los jueces en sus decisiones.
En esta época se reconocieron personajes valiosos para la medicina forense tales como:
- Ambroise Paré (1517-1890) padres de la medicina legal francesa. Obra: De los informes y de los medios de embalsamar de cadáveres.
- Paolo Zacchia (1584-1659) médico personal de los papas Inocencio X y Alejandro VII. Obra: cuetiones médico legales.
- Giovanni Lancisi (1654-1720) realizó aportes a las investigaciones sobre muerte súbita de origen cardiaco.
Para finales del Siglo XVII, Johann Scheyer propuso el examen de los pulmones al recién nacido. Un año más tarde y en el Siglo XIX, florecieron principales escuelas de medicina legal y forense de Europa.
A finales de este siglo se establecieron grandes aportes de los casos de asfixias.
Entre las figuras más reconocidas fueron: Pedro Mata Fontanet (1811-1877), catedrático de Medicina Legal y toxicología de la Universidad de Madrid; Leopoldo López Gómez, Tomás Maestre Pérez y Juan Antonio Gisbert Calabuig, autor de la obra de referencia “Medicina Legal y toxicología”.
LA MEDICINA LEGAL EN AMÉRICA
El desarrollo de la medicina legal y forense en el Continente Americano fue diferentes a la influencia anglosajona. En Estados Unidos continuando el modelo inglés se implementó el sistema de Coroner, funcionario publico electo para dirigir las investigaciones penales, luego siendo reemplazado por el Sistema Medical Examiner.
Al igual que en Inglaterra, la patología forense predominó en Estados Unidos en el desarrollo de la Medicina Legal. Representantes importantes de este evento fueron: Alan Moritz, Werner Spitz, Russell Fisher, por mencionar algunos.
En América Latina, la influencia de las escuelas francesas y española fue notoria. Se llevó a cabo la primera autopsia practicada en el año 1533.
En Brasil, se destacaron Nina Rodrígues, Afranio Peixoto, Leonidio Ribero, Oscar Freire e Hilario Vega de Carvalho. En Argentina se creó el Instituto de Medicina Legal en el año 1896. Nerio Rojas fue la figura más destacada del Siglo XX en ese país.
En cambio en La Habana, Cuba en el año 1946 se celebró el Primer Congreso Panamericano de Medicina Legal y Odontología Forense. Francisco Lancis y Sánchez se considera como el mentor del desarrollo de la especialidad.
Otros países como Colombia, se servicios de la medicina legal se organizó en el año 1914. Representantes de este país se mencionan a Guillermo Uribe Cualla, César Augusto Giraldo, Egon Litodhemberger, Mariluz Morales y Ricardo Mora Izquierdo. En México, se desarrolla esta ciencia a partir de la Organización del Servicio Médico Legal del Distrito Federal en el año 1903. Entre sus representantes están: Alfonso Quiroz Cuarón, Ramón Fernández Pérez, Mario Alva Rodríguez, entre otros.
LA MEDICINA LEGAL Y FORENSE EN PANAMÁ
La medicina legal y forense en Panamá es una especialidad médica de reciente desarrollo. En el inicio del Siglo XXI empezó a desarrollarse programas de formación profesional forense y fueron registradas pocas publicaciones. Anterior a esto, las autoridades investigadoras solicitaban la opinión de médicos sobre los aspectos médico forense.
Para el año 1973, la medicina forense pasó a formar parte del Ministerio Público con la promulgación de la Ley N°29 del 25 de octubre, cambiando su denominación a Instituto de Medicinal Legal. Han contribuido al desarrollo de la medicina forense y psiquiatría forense panameños como: Francisco Paz, Roger Montero, Roberto Lewis, Jaime Arias, Aquiles Espino, Feliz Luciani, Urbano Martínez, Erick Aguirre, Mercedes de Lasso, Geneva Rodríguez Diaz, Álvaro Duarte, Adarcilio Pimentel, Carlos de Bernard, Andres Tucker, Kleber de Lora, Silvia de Banderl, José Anderson, Hugo Moreno, José Kaled, Carlos Smith, Roxana Flores, Domiciano Broce, Eduardo Amato, Nilda Santamaria, Alejandro Pérez y Elaine Bressan.
Para 2006 se presentó el primer proyecto de ley del Instituto de Medicina Legal de Panamá, la ley N°50 de 13 de diciembre, otorgando autonomía en la administración, manejo y recursos humanos del Instituto.
Posteriormente, por medio de la Ley N°69 de 27 de diciembre de 2007, se incorpora al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses el servicio de criminalística y los laboratorios forenses.
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- La Actuación del médico forense en Panamá
En nuestro país, el médico forense no es funcionario de la red de asistencia sanitaria, ni brinda atención médica, es un perito científico empleado por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forense.
El médico forense en calidad de perito, actúan en las diferentes etapas de la investigaciones y procesos judiciales que adelantan tanto el Ministerio Público como el Órgano Judicial, para los casos civiles o penales; aporta a su vez evidencias científicas para demostrar o negar la inocencia de un delincuente.
A parte de lo mencionado con anterioridad el funcionario también ilustra a los investigadores y jueces sobre los aspectos técnicos y científicos del proceso. En el derecho penal, el médico forense participa en la constatación del crimen o delito. En cambio en derecho civil, aporta pruebas científicas mediante la valoración y estimulación del daño corporal, físico o mental.
El médico forense carece de iniciativa investigativa y solo responde a solicitud de la autoridad competente. Su actuación se rige con el Código Procesal Penal en vigencia según los artículos:
- Artículo 406. Procedencia. Se practica peritaje cuando sea necesario poseen conocimientos especiales.
- Artículo 407. Participación en diligencias. En caso que se requiera de alguna diligencia durante la etapa de investigación se podrá realizar, las partes intervinientes podrá asistir con sus peritos. El perito deberá guardar reserva de cuanto conozca con motivo de su actuación.
- Artículo 410. Función del Perito. Los peritos estudiarán la material del dictamen y están autorizados para solicitar aclaraciones de las partes, requerirles informes, visitar lugares, examinar bienes muebles o inmuebles.
- Artículo 2046. El hecho punible se comprueba con el examen que se haga por los peritos de las evidencias pertinentes (huellas, documentos, rastros, etc.)
En Panamá el médico forense es declarado el idóneo para ejercer la especialidad de forense.
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- Informe Médico Forense
El informe médico Forense es un documento oficial, que corresponde a las interrogantes surgidas durante las investigaciones que se adelantan dentro de un proceso judicial. El informe responde a la solicitud de una autoridad competente que investiga y reconstruye la comisión de un supuesto hecho punible.
El médico forense debe tener conocimiento del contenido del artículo 381 antes de ejercer su función; algún testigo, perito, interprete o traductor que afirme falsedad, niegue, calle la verdad será sancionado con prisión de dos o cuatros años.
El artículo 411 del Código Procesal Penal dice que sin perjuicio del deber de los peritos de concurrir a declarar ante el Tribunal, su dictamen será fundado y contendrán de manera clara y precisa lo siguiente:
- Una relación detallada de los elementos recibidos
- La identificación del problema objeto del estudio
- La motivación del estudio realizado
- La observación de las partes
- Las conclusiones que se formulen respecto a cada problema estudiado
Los peritos procuran realizar juntos el examen. En caso de haber diversidad de opiniones habrán que presentar el dictamen por separado.
El artículo 413. Informe pericial. Los peritos presentarán sus conclusiones oralmente en el juicio, salvo en los supuestos prevista en el numeral 2 del artículo 379.
Citar este texto en formato APA: _______. (2021). WEBSCOLAR. Resumen Introducción a la medicina legal. https://www.webscolar.com/resumen-introduccion-a-la-medicina-legal. Fecha de consulta: 27 de diciembre de 2024.