Aportes de la educación panameña de la época de unión a Colombia
Para la época de la Unión a Colombia, distintos personajes de la historia, buscaban educar a la población para lograr así su democracia. Se consideran aportes a la teoría y la practica educativa los que se dieron en la escuela lancasteriana desde la Gran Colombia hasta la Argentina. La teorización pedagógica de la época republicana de Panamá para inicios del Siglo XX, se encontraba en mejores condiciones (su contexto desarrollado y actualizado) y se basaba en las ideologías del pragmatismo de James Dewey, que consistía en la intima relación entre la teoría y la practica.
A pesar de los esfuerzos realizados por los istmeños para mejorar la educación, pocos fueron los logros en esta materia. En la primera mitad del siglo XIX la educación en el Istmo estuvo en un estado de abandono. No es sino hasta la formación de la nueva República que se encuentra a ver la luz en la educación.
En esa época, era necesario que la escuela utilizara estos procesos para dos objetivos: uno era la democratización y el otro la afirmación nacionalista.
Historiadores consideraban que la educación pública para estas épocas en Panamá era un problema de transcendencia nacional, ya que las escuelas no deberían ser un bien único en pro de un partido, grupo religioso, etc. ya que su finalidad era ser de la Nación, para la nación como un todo. Es por ello que esta escuela debía estar enmarcada en una nueva educación, que fuera contraria a la tradicional, que se preocupaba por las creencias y tradiciones y por la transmisión de conocimiento de una generación a otra.
Es esta la filosofía de la educación que se proponla para los años 1919 como la guía que debía orientar el proceso educativo en Panamá. Son estos los fundamentos y los ideales educativos que motivaron, en este, mismo lapso, la teoría y la practica pedagógica de personas como José D. Moscote y José Daniel Crespo. Ellos veían la “socialización” de la enseñanza un poco diferente, ya que la relacionaban con un “socialismo” político, que según ellos, no era contraproducente con los fines de la democracia liberal.
Las directrices fundamentales que enrumbaron la teoría pedag6gica del Estado neo-liberal fueron las siguientes: democratización de las escuelas, socialización dirigida de la personalidad, reivindicación del trabajo manual, proyección de la escuela en la comunidad, estímulos a un prudente feminismo, oposición al academicismo, coeducación y anti-intelectualismo pragmático.
El 20 de noviembre de 1873, por medio de la Ley 14, se estableció que uno de los principios básicos de la educación panameña, es que la misma seria gratuita y obligatoria, y creó las bases para una transformación de la educación pública. Propuso esta ley Manuel José Hurtado, considerado el padre de la educación panameña; el impulsó que se fundaran escuelas primarias en todos los distritos del Istmo.
Para 1896 se volvió a instituir la Escuela Normal de Señoritas, además de la construcción de edificios escolares, y tomando la decisión de respaldar la fundación de colegios particulares. Aunque para la Guerra de los Mil Días se tuvieron que cerrar todas las escuelas.
En 1904 y 1907, se hicieron aportes que ayudaron notablemente a la educación, imponiendo bases del sistema educativo, pero igualmente siguiendo algunos fundamentos del modelo y la organización del antiguo sistema.
Se creó la Ley 11 de 1904 que estableció las bases de la enseñanza primaria, otorgando la obligatoriedad de los niños y niñas en edad escolar, e imponiendo penas a quienes violaran estas normas. Se definió la distribución de las materias de enseñanza, la inspección de los establecimientos públicos y privados, así como las condiciones técnicas y morales de los maestros.
A su vez esta ley clasificaba la educación en primaria, secundaria industrial y profesional.
En esta época era permitido la enseñanza en el hogar, ya que era considerada una forma primada de educación, pero la única condición era que el que recibía la educación debía presentar los exámenes de la escuela pública, correspondiente al grado que estuviese cursando para que quedara debidamente acreditado. Estas escuelas privadas y la enseñanza en el hogar eran muy pocas.
A parte de los aportes que permitía la Ley 11, la misma daba la facultad al órgano ejecutivo para la fundación de varias escuelas de enseñanza secundaria, entre ellas una normal de varones, normal de institutoras, superior de niñas, colegio de comercio e idiomas, una de música y declamación; y una de artes y oficios.
Con la promulgación de la ley 22 de 1907, eran los primeros actos de reformación de la ley anterior, en donde se establecían objetivos para la educación primaria, mejor organización para la instrucción elemental, categorías para los sueldos de los maestros, las rentas municipales para el sostenimiento de la educación, que con la ley 11 había sido fijado en una 25%, se bajaron al 10%; se crean los Jardines de la Infancia, que en la practica venían funcionando, a pesar de que le Ley 11 no establece la educación pre-primaria; la Ley 22 crea también un Instituto Nacional con estudios liceales y universitarios al mismo tiempo.
A pesar de los aportes, la población era reacia a los cambios en el sistema de educación, ya que la comunidad resistía el precepto de la escuela primaria obligatoria y resentía los modelos de educación con un perfil.
Un gran cambio en el sistema educativo fue realizado por La Ley No.31 de 1913, era una ley reformatoria de las anteriores. Con esta ley se establecia una mejor organizacion de la enseñanza primaria. Se creaba por primera vez el cargo de Inspección General de Enseñanza Primaria ocupado por Frederick Libby de nacionalidad Estadounidense.
Con la nueva ley, se obtuvieron nuevas disposiciones como un Plan de Estudio y Nuevos programas de Enseñanza para escuelas primarias y secundarias. En esta época la Escuela Nueva tenia como objetivo acabar con la vieja tradición que consistia solamente en enseñar a leer, escribir y contar sin que el estudiante pudiera desarrollar su capacidad intelectual de analisis, limitando con esto el desarrollo mismo del individuo.
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