Inicio de la Educación Especial en Panamá y sus provincias
INVESTIGACIÓN
¿Cuándo se inició la educación especial en Panamá y en Colón?
En Panamá Tras los precedentes de los educadores de sordos a partir del siglo XVI (Fray Pedro Ponce de León, Lorenzo Hervás y Panduro y Juan Pablo Bonet) en la educación de deficientes sensoriales es preciso remontarse hasta 1857 con la promulgación de la Ley de Instrucción Pública, en la que se dispone la creación de una escuela para ciegos y sordos en cada distrito universitario. Hasta 1910 no se crea el Patronato Nacional de Ciegos y Sordomudos y Anormales, creándose posteriormente institutos derivados de él. En 1933 se refunda el Asilo de Inválidos del Trabajo como centro de educación especial con el nombre de Instituto Nacional de Reeducación de Inválidos, actualmente conocido como CPEE María Soriano.
Asimismo, en 1941 la ONCE se hace cargo de la gestión del Instituto de Nacional de Ciegos que de facto ya realizaba desde 1928. La adopción legal del término educación especial se produce a partir de la Ley General de Educación de 1970. En esta ley la Educación Especial se entiende como una modalidad específica, es decir, como un sistema educativo paralelo al de la educación ordinaria, regido por sus propias normas y por un currículo específico distinto al general. En la práctica sólo tenían acceso a este sistema los deficientes menos afectados que no podían seguir el ritmo de la educación ordinaria puesto que la escolarización no era obligatoria. La Ley General de Educación preveía asimismo la creación de aulas de educación especial en centros ordinarios para deficientes ligeros como medida más avanzada. En 1975 se crea el Instituto Nacional de Educación Especial, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Educación, elaborándose tres años más tarde el primer plan estatal sobre la materia.
En la Provincia de Colón en 1966 se pone en marcha el plan Nacional de la modernizada ley orgánica de la Educación (Ley 34 del 6 de julio de 1995) confirió a los alumnos con necesidades educativas especiales (NEE), asociados o con discapacidad, el derecho al libre ingreso al sistema educativo regular y Colón nuestra provincia no se alejo de esta situación. Incorporar a estudiantes con NEE a las aulas regulares de las diferentes escuelas. Este plan de inclusión tiene su base fundamental dentro del marco de derechos sustentado en diversos acuerdos internacionales y enmarcados en el área educativa. Constitución Política de la República de Panamá. Artículo 19: “No habrá fueros ni privilegios personales ni discriminación por razón de raza, nacimiento, clase social, sexo, religión, ideas políticas o discapacidad.
Ley 47 de 1946,Orgánica de Educación, Artículo 1: “La educación es un derecho y un deber de la persona humana, sin distingo de edad, etnia, sexo, religión, posición económica, social o ideas políticas… “.
Ley No.1 de 28 de enero de 1992.-Se protege a las personas con discapacidad auditivo reconociéndose la lengua de señas como la lengua natural de las personas con discapacidad auditiva profunda.
Código de la Familia, 1994:Capítulo II DE LOS DERE HOS FUNDAMENTALES DEL MENOR: Artículo 499, numeral 5: “La educación integral, comprendido el primer nivel de enseñanza 0 educación básica general, que es obligatoria, respetando su vocación, sus aptitudes y normal desarrollo de la inteligencia “
Ley No. 34 de 6 de julio de 1995,Se establece el acceso en equiparación de oportunidades a la educación regular a la población con necesidades educativas especiales asociadas o no a discapacidad.
Ley 42 de 27 de agosto de 1999Establece la Equiparación de Oportunidad para las Personas con Discapacidad, Artículo 19: “La persona con discapacidad se incluirá en el Sistema Educativo Regular, el cual debe proveerle de los servicios de apoyo y las ayudas técnicas, que le permitirán el acceso al currículo regular y la equiparación de oportunidades. La educación especial será garantizada e impartida a aquellas personas que, en razón de su discapacidad, lo requieran dentro del sistema educativo regular. La educación especial será coordinada por el Ministerio de “Educación en su calidad de ente rector del sector educativo, a través del Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE) y de otras entidades públicas dedicadas a la rehabilitación y educación especial para discapacitados”
Decreto Ejecutivo No.1 de 4 de febrero de 2000, por medio del cual se establece la normativa para la educación inclusiva de la población con necesidades educativas especiales. Manual de Procedimiento del Ministerio de Educación, 2001.Establece los procedimientos que garantizan el acceso, permanencia y promoción de los alumnos (as) con necesidades educativas especiales asociadas o no a discapacidad.
Citar este texto en formato APA: _______. (2013). WEBSCOLAR. Inicio de la Educación Especial en Panamá y sus provincias. https://www.webscolar.com/inicio-de-la-educacion-especial-en-panama-y-sus-provincias. Fecha de consulta: 21 de noviembre de 2024.
Buenas tardes, leo su investigación y me parece algo inconclusa sobre diferentes episodios que se han omitidos que son de gran interés sobre la educación especial y sus provincias. Creación del IPHE Instituto de Habilitación Especial. Solo se menciona la Provincia de Colón…Sobre las demás provincias… e igual no se menciona artículos relevantes sobre discapacidad en la Constitución De Panamá. Gracias.
Los párrafos introductorios reflejan más datos de España que de Panamá propiamente. Expresiones comunes en el sistema educativo español, no necesariamente empleadas en Panamá. Requiere aterrizar contextualizando la realidad del país.