Síguenos en: facebook twitter rss
 
 
Webscolar » Marina Mercante y Aduana » Los certificados de Origen: antecedentes y sus usos

Los certificados de Origen: antecedentes y sus usos

Los Tratados Internacionales son convenios en los cuales se busca una estrategia que beneficie a los integrantes de éstos, en las operaciones que se presentan día a día en el ámbito del Comercio Exterior que pueden causar o amenazar un daño a la producción nacional. Una de sus funciones es dar protección a algunos sectores de producción que se han visto perjudicados como lo son el automotriz, el textil y el del calzado, debido a que los productos de origen chino han acaparado estas industrias con precios extremadamente bajos, aunque carezcan de calidad. Esto ha originado que se establezcan normas claras y precisas para la determinación y certificación del país de origen de las mercancías que se importen a territorio nacional.

Para las administraciones aduaneras es muy importante determinar el origen de las mercaderías. Para los importadores y exportadores también reviste interés poder acreditar el origen. Por eso toda mercadería viaja con un documento que se llama “Certificado de origen”.

Este trabajo intenta informar a sus lectores sobre el uso, aplicación, requisitos y esa información fundamental que necesita todo aduanero y todo negociante de exportación e importación sobre los certificados de origen y este procedimiento que se debe llevar a cabo a las mercancías

[image]

 

CERTIFICADOS DE ORIGEN

  1. CONCEPTO

El certificado de Origen es un documento que certifica cuál es el país donde se fabricó el producto (es decir, su origen, de donde proviene los productos). Documento de exportación común, que se requiere al realizar exportaciones a varios mercados extranjeros. Puede requerirse para obtener un trato arancelario preferencial conforme a acuerdos de libre comercio que gocen las naciones.

El certificado de origen facilita la identificación del producto que se va ha exportar con el lugar de procedencia, también indirectamente es una forma de promocionarse en el extranjero como productos originarios de la nación contribuyendo a que estos productos que ingresan con este certificado sean reconocidos como productos bandera de sus naciones.

  1. ANTECEDENTES

Las normas de origen existen desde que los países empezaron a tener intercambio comercial. Las normas de origen son la clave en el intercambio comercial.

Un instrumento básico en las normas de origen es la prueba documental conocida como Certificado de Origen. Este certificado es emitido por una entidad competente.

La normas de origen tuvieron origen con el Convenio de Kyoto entró en vigor el 25 de septiembre de 1974. Este convenio se revisó y aprobó en la última reunión del Consejo de Cooperación Aduanera, hoy OMA que tuvo lugar el mes de junio de 1999. El anexo K se refiere al Origen de las mercancías (reglas, pruebas y control de las pruebas documentales), de aquí se vio la importancia de imponer estos certificados para las mercancías.

  1. OBJETIVOS DE LOS CERTIFICADO DE ORIGEN

Los Certificados de Origen tienen como principales objetivos los siguientes:

  1. Certificar el origen y procedencia de la mercancía.
  2. Gozar de beneficios arancelarios, en acuerdos firmados o regímenes preferenciales.
  3. Cubrir un requerimiento exigido por autoridades del importador.
  4. Cubrir un requerimiento exigido en un medio de pago internacional (Carta de Crédito o Cobranza Documentaria).
  1. USOS DEL CERTIFICADO DE ORIGEN

Sirve para acreditar el origen o procedencia de las mercancías, basadas en las normas de origen en cumplimiento de los requisitos y, por ende, acogerse a los beneficios concedidos a nuestro país.

Este documento certifica el país de origen de la mercancía que en él se detalla, es decir, acredita que la mercancía ha sido fabricada en ese país. Se utiliza sólo para exportaciones e importaciones con países extracomunitarios, de tal forma que los productos puedan acogerse a los regímenes preferenciales y a la aplicación de los aranceles que les corresponden.

La necesidad de discriminar las mercaderías por origen responde a razones arancelarias y no arancelarias:

  • Desde el punto de vista arancelario las mercaderías pueden estar exentas de tributos de importación como las originarias en el MERCOSUR, que en virtud de acuerdo entre los países miembros determinaron un arancel 0 (cero) a las importaciones. También en algunos acuerdos de integración económica entre países pueden existir excepciones parciales de los derechos de importación por lo tanto en la importación de mercaderías sólo pagan un porcentaje de los derechos de importación. Esto técnicamente se denomina preferencias arancelarias. Ejemplo: Los países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).
  • Desde el punto de vista no arancelario la discriminación da una mirada sobre los mecanismos de defensa comercial que tiene un país y las restricciones por motivos de seguridad, por ejemplo alimentaria. (Por la Gripe Aviar que se desató en China y afectó a distintos países de Europa se cerró la importación de pollos de ese país. Para la Argentina es una ventaja que no exista aquí esa enfermedad; pues, nosotros podemos vender pollos a Europa, acreditando el origen argentino de la mercadería mediante el correspondiente “Certificado de origen”. Este documento le indica a la Administración Aduanera de la Unión Europea que no pesa una prohibición sobre los pollos de origen Argentina).
  1. TIPOS DE CERTIFICADOS

Existen diferentes tipos de certificados de origen, éstos dependen del país de destino de las mercancías, la mayoría requieren de validación por parte del MINCOMERCIO

  • Forma A – SGP – Código 250
  • Forma A – ATPA – Código 251
  • Certificado de Origen para textiles Unión Europea – Código 252
  • CAN – ALADI – Código 255
  • G-3 para México – Código 256
  • Panamá – Código 257
  • Chile – Código 258
  • CARICOM – Código 271
  • CAN – MERCOSUR – Código 273
  • Terceros Países – Código 260
  • No Requiere Validación por MINCOMERCIO el Certificado de Origen ATPDEA.
  1. PROCEDIMIENTOS

En función del tipo de certificado de origen o documento acreditativo del origen que necesite, podrá dirigirse para su solicitud bien a las Autoridades Aduaneras en el momento de la exportación (EUR1, EURMed, FormA, etc…) o a su Cámara de Comercio (Certificado de Origen Comunitario).

Además para solicitar el trato arancelario preferencial previsto en los acuerdos comerciales y/o regímenes preferenciales, es necesario que el  importador cuente con una PRUEBA DE ORIGEN  (certificado de origen o declaración de origen), que cumpla con lo dispuesto en el acuerdo comercial o régimen preferencial bajo el cual se solicitará el trato preferencial en el país de destino de la mercancía.

Entre los pasos a seguir para la obtención de un certificado de origen son:

  1. Diligenciamiento formulario registro de productores nacionales oferta exportable y determinación de origen- forma 002.
  • Formulario suministrado sin costo.
  • Se debe diligenciar un formulario por cada producto a exportar.
  • Se deben radicar en las oficinas del Ministerio de Comercio Industria y Turismo.
  • De ser comercializador deberá anexar comunicación del productor que certifique la vinculación comercial entre ambos.

2. Verificación de la información y determinación de los criterios de origen

  • La entidad encargada verifica la información y determina el criterio de origen con base en las disposiciones para los distintos esquemas preferenciales. Los consigna en la planilla de relación de inscripción y determinación de origen.
  • Visita industrial a la firma, para tener mayores elementos de juicio en la definición del criterio de origen.

3. Comunicación al exportador

  • Se expide comunicación al exportador que contiene un resumen de las normas de origen.
  • La información de las planillas tiene una validez de dos años para el productor nacional.

4. Radicación y expedición del certificado de origen

  • Los formularios los expide el Ministerio.
  • El exportador diligencia y presenta al ministerio el certificado de origen con base en el criterio de origen, junto con la factura comercial correspondiente.
  • Se verifican los criterios registrados y se procede a la aprobación del certificado de origen.

5. Sanciones por inexactitudes en los certificados de origen

El ministerio negará a las personas o entidades que suministren datos no verídicos en la relación con el origen, la expedición de los certificados de origen, durante un periodo de seis meses contados a partir de la fecha en que se compruebe la falsedad de los datos suministrados.

6. Información adicional

El exportador se compromete a suministrarle al ministerio, información adicional, cuando exista duda por parte de otros países en cuanto al origen de los productos y autenticidad de los certificados.

  1. COSTOS

Sistema Generalizado de Preferencias (S.G.P.) – [Costo: B/. 5.00]

Iniciativa para la Cuenca del Caribe (C.B.I.) – [Costo: B/. 3.00]

Organización Internacional del Café (O.I.C.) – [Costo: B/. 5.00] Mas B./1.00 de refrendo.

Certificado de Origen VICOMEX – [Costo: B/. 2.00] Mas B./1.00 de refrendo.

Certificado de Origen Tratado Panamá República de China – [Costo: B/. 5.00]

  • Carta de solicitud firmada por el propietario o representante legal de la empresa dirigida al Director General de Industrias, manifestando claramente el propósito de su solicitud y, declarando que la información suministrada para la determinación de origen es verdadera.
  • Copia del Registro Único del Contribuyente (RUC)
  • Copia de la Licencia Industrial
  • Solicitud de Determinación de Regla de Origen
  • Determinación de Regla de Origen

Certificado de Origen Tratado Panamá República Dominicana – [Costo: B/. 5.00]

  • Carta de solicitud firmada por el propietario o representante legal de la empresa dirigida al Director General de Industrias, manifestando claramente el propósito de su solicitud y, declarando que la información suministrada para la determinación de origen es verdadera.
  • Copia del Registro Único del Contribuyente (RUC)
  • Copia de la Licencia Industrial
  • Solicitud de Determinación de Regla de Origen
  • Determinación de Regla de Origen

Certificado de Origen Tratado Panamá Colombia – [Costo: B/. 2.00]

  • Carta de solicitud firmada por el propietario o representante legal de la empresa dirigida al Director General de Industrias, manifestando claramente el propósito de su solicitud y, declarando que la información suministrada para la determinación de origen es verdadera.
  • Copia del Registro Único del Contribuyente (RUC)
  • Copia de la Licencia Industrial
  • Solicitud de Determinación de Regla de Origen
  • Determinación de Regla de Origen

Luego de estas tramitaciones debe dirigirse a la Dirección General de Industrias para retirar el formato con la Carta de Solicitud y la Solicitud de Formulario de Determinación de Regla de Origen. Cumplido este trámite con la Dirección de Industrias, puede proceder a presentar ante la Ventanilla Única el Formato de Certificado de Origen, debidamente llenado, firmado y sellado, a fin de obtener la Certificación de la Ventanilla Única.

  1. REQUISITOS

El certificado de origen tiene que reunir una serie de condiciones:

  • Haber sido expedido por una autoridad u organismo que ofrezca las garantías necesarias y esté debidamente facultado para ello en el país en el que se expide dicho certificado.
  • Contener todas las indicaciones necesarias para la perfecta identificación de la mercancía, entre otras, las siguientes: naturaleza de la mercancía, número de bultos, peso bruto y neto, nombre del expedidor, etc.
  • Certificar sin ambigüedad que la mercancía a la que se refiere es originaria de un país determinado.

Las Autoridades competentes autorizadas por las Partes para efectuar Certificaciones de Origen tendrán, entre otras, las siguientes funciones y obligaciones:

  • Comprobar la exactitud de las declaraciones presentadas ante ellas por el productor final o exportador, mediante los sistemas o procedimientos que garantizan la exactitud de la información.
  • Proporcionar a las demás Partes la cooperación administrativa requerida para el control de la prueba documental de origen.

Las entidades autorizadas por las Partes, en un término no mayor a treinta (30) días, después de la fecha de entrada en vigencia del Acuerdo, a través de sus respectivos Ministerios de Comercio Exterior, remitirán a los ministerios de las otras Partes las listas de las entidades habilitadas para expedir los Certificados mencionados en este anexo, la relación de los signatarios, firmas y sellos habilitados.

  1. VIGENCIA

Los certificados de origen cuentan con una vigencia determinada a partir de la fecha de validación por la Entidad Competente, para hacer efectiva la preferencia arancelaria:

  • COMUNIDAD ANDINA Y ALADI: 180 días
  • S.G.P.: 10 meses
  • TLC G-3: 1 año
  • CARICOM: 180 días
  • PANAMA: 180 días
  • CAN-MERCOSUR: 180 días
  1. NORMAS DE ORIGEN

Las normas de origen son los requisitos mínimos de producción, fabricación, elaboración y/o transformación que debe tener el producto peruano para ser considerado originario; a fin de gozar de las preferencias arancelarias otorgadas por los gobiernos.

  1. BENEFICIARIOS

Los beneficiarios se le denomina a las personas naturales o jurídicas establecidas en el país, que exporten productos fabricados en el territorio nacional ó bien transformen materias primas importadas que den cómo resultado un producto diferente.

  1. VERIFICACIÓN DEL ORIGEN

La autoridad competente del país importador podrá solicitar la información necesaria a la autoridad competente del país exportador para efectuar el control del Certificado de Origen, en los siguientes casos:

  • existan dudas sobre la autenticidad del documento;
  • existan dudas sobre la exactitud de la información contenida en el documento
  • se presuma incumplimiento de las estipulaciones establecidas en el presente Anexo;
  • el Certificado esté incompleto; y
  • Las verificaciones aleatorias se consideran necesarias.

La autoridad competente del país exportador deberá suministrar la información solicitada dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes.

En ningún caso las autoridades aduaneras de las Partes interrumpirán procedimiento de importación de los productos cobijados por los certificados de origen, sin embargo, las autoridades aduaneras en el país importador además de solicitar información adicional a la autoridad competente en el país exportador para verificar el origen, adoptará las medidas necesarias para salvaguardar los intereses fiscales.

CONCLUSIÓN

Para demostrar y mantener un control sobre los productos originarios de los países en acuerdo, para ello es necesario obtener el Certificado de Origen, documento emitido por la entidad certificadora correspondiente y tiene como objetivo principal acreditar el origen nacional de un producto que se destina a la exportación, de acuerdo con las Normas de Origen pactadas en los respectivos acuerdos comerciales. Los productos extranjeros que deseen acogerse a rebaja arancelaria, también deben contar con el Certificado de Origen emitido por el Organismo competente en el extranjero.

Por medios de estos documentos las aduanas de diversos países y la organización mundial de comercio ha intentado mantener un acuerdo y así evita diferencias y malos entendidos entre estos tipos de negociaciones.

Pese a la finalidad de las preferencias arancelarias del Certificado de Origen, algunos países no otorgan estas ventajas comerciales y exigen como requisito no arancelario la presentación de un documento oficial que respalde el origen de los bienes exportados a su amparo. Por tal motivo la Secretaria de Economía acredita a la Cámara de Comercio expedir Certificados de origen para que los exportadores puedan demostrar el origen del producto en cualquier parte del mundo.

BIBLIOGRAFÍA

_________. Certificado de Origen. Portal de PYMEX. Octubre 2011. http://www.pymex.pe/emprendedores/tramites/94-certificado-de-origen.html

_____________. Certificado de Origen. http://www.economia.gob.mx/swb/work/models/economia/Resource/981/2/images/CertificadosOrigenelectronicos.pdf

_________. Certificado de Origen. Global Marketing. http://www.globalnegotiator.com/files/Certificado%20de%20origen_MUESTRA.pdf

_________. Preguntas frecuentes. Cámara de Comercio de Lima. http://www.camaralima.org.pe/ccl_certifica/es/ccl_PreguntasFrecuentes.aspx

IZAM, M. Sistemas de Emisión y Verificación de los Certificados de Origen en la Comunidad Andina de Naciones. Cooperación CEPAL-CAN -SG/di 789, 7 de junio de 2006, 2.17.89.

WITKER, J. Las Reglas de Origen en el Comercio Internacional Contemporáneo. 1ra edición 2005, Universidad Nacional Autónoma de México.

GLOSARIO

  1. Aduana: Servicio público encargado de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las costas, fronteras y aeropuertos de la República.
  2. ALADI: ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION, organismo intergubernamental que promueve la expansión de la integración de la región, a fin de asegurar su desarrollo económico y social.
  3. Arancel de Aduanas: instrumento legal que comprende la nomenclatura para la clasificación oficial de las mercancías susceptibles de comercio.
  4. Certificado de Origen: Documento particular que identifica las mercancías y en el cual la autoridad u organismo habilitado para expedirlo certifica expresamente que las mercancías a las cuales se refiere son originarias de un país determinado.
  5. Exportación: Envío legal de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo en el exterior.
  6. Gravámenes Aduaneros: Derechos establecidos en el Arancel Aduanero y/o legislación nacional, a los cuales están sujetas las mercancías que entran al territorio nacional o que salen de él.
  7. Importación: Ingreso legal al territorio nacional de mercancía extranjera para su uso o consumo en el país.
  8. Mercancía: Todos los bienes corporales muebles sin excepción alguna.
  9. País de origen: País en el cual las mercancías han sido extraídas, cosechadas, criadas, fabricadas o armadas total o parcialmente a partir de productos originarios del mismo.
  10. Reglas de origen: Disposiciones específicas aplicadas por un país para determinar el origen de las mercaderías, recurriendo a los principios establecidos por la legislación nacional o por acuerdos internacionales.

Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Panamá

Certificado de Origen

Llenar a máquina o con letra de imprenta o molde. Este Certificado no será válido si presenta enmiendas, tachaduras o entrelíneas.

1. Nombre y domicilio del exportador:Teléfono: Fax:

Correo electrónico:

Número de Registro Fiscal:

2. Período que cubre:D M A D M A

Desde: __ __/__ __/__ __ __ __/ Hasta: __ __/__ __/__ __ __ __/

3. Nombre y domicilio del productor:Teléfono: Fax:

Correo electrónico:

Número de Registro Fiscal:

4. Nombre y domicilio del Importador:Teléfono: Fax:

Correo electrónico:

Número de Registro Fiscal:

5. Descripción de la(s) mercancía(s) 6. Clasificaciónarancelaria 7. Criteriopara trato

preferencial

8. Productor 9. OtrasInstancias
10. Observaciones:
11. Declaro bajo fe de juramento o bajo promesa de decir verdad que:- La información contenida en este documento es verdadera y exacta, y me hago responsable de comprobar lo aquí declarado. Estoy consciente que seré responsable por cualquier declaración falsa u omisión hecha en o relacionada con el presente documento.

– Me comprometo a conservar y presentar, en caso de ser requerido, los documentos necesarios que respalden el contenido del presente certificado, así como a notificar por escrito a todas las personas a quienes entregue el presente certificado, de cualquier cambio que pudiera afectar la exactitud o validez del mismo.

– Las mercancías son originarias del territorio de una o más Partes y cumplen con los requisitos de origen que les son aplicables conforme al Tratado, no han sido objeto de procesamiento ulterior o de cualquier otra operación fuera de los territorios de las Partes, salvo en los casos permitidos en el Artículo 4.14 o en el Anexo 4.03 del Tratado y sus Protocolos Bilaterales.

Este certificado consta de ______ hojas, incluyendo todos sus anexos.

12. Firma autorizada: Empresa:
Nombre: Cargo:
D M AFecha: : __ __/__ __/__ __ __ __ Teléfono: Fax:Mcg

[image]

El certificado de origen debe estar debidamente autorizado por las autoridades competentes

[image]

Las importaciones y exportaciones requieren de la utilización de este documento para realizarse

Citar este texto en formato APA: _______. (2013). WEBSCOLAR. Los certificados de Origen: antecedentes y sus usos. https://www.webscolar.com/los-certificados-de-origen-antecedentes-y-sus-usos. Fecha de consulta: 22 de diciembre de 2024.

No votes yet.
Please wait...
 

Comentarios

Un Comentario en “Los certificados de Origen: antecedentes y sus usos”

Escribir Comentario

 

 
 
 
 
 

© 2010 - 2024 Webscolar