Los Tratados celebrados en Panamá referentes al Canal de Panamá
Entre los tratados celebrados por Panamá en materia del Canal de Panamá, existen varios, los cuales serán definidos en el texto a continuación.
El Tratado Mallarino-Bidlack fue un tratado firmado el 12 de diciembre de 1846, entre la Nueva Granada (actual Colombia) y los Estados Unidos. Fue llamado oficialmente como Tratado de Paz, Amistad, Navegación y Comercio, y en esencia fue un convenio de reciprocidad comercial entre ambos países; pero resultó ser la primera acción jurídica en el que los Estados Unidos intervenían económicamente en el istmo de Panamá, que en esa época formaba parte de la Nueva Granada.
Para 1878, se firma un tratado entre el presidente de Colombia Aquileo Parra, a través de su representante Eustorgio Salgar, y Napoleón Bonaparte Wyse, de la comisión francesa encargada de comprobar si era posible construir la brecha canalera. Y que por cierto y por diferentes motivos perdió la oportunidad que había conseguido. Le sigue el Contrato Roldan Wyse que reformaba el anterior. En 1893 se firma el Contrato Suárez-Mange.
Para el año 1901 hace su aparición el Tratado Hay Pauncefote entre Inglaterra y Estados Unidos, para darle preferencia al último de estos países para la construcción del Canal.
En 1903, debido al rechazo del Tratado Herran – Hay por el senado Colombiano, los panameños fueron motivados a realizar su independencia de la hermana patria Colombiana, ya que veían importante la construcción del Canal en el Istmo Panameño. De esta manera con el acto precipitado de la firma, motivado por el calor del movimiento independentista, el Tratado Hay – Bunau Varilla suscitó tras su aprobación una serie de dudas sobre su interpretación. Se temía que hubiera concedido derechos de soberanía sobre nuestro territorio, tras la creación de un espacio físico denominado Zona del Canal de Panamá, que se transfería a los Estados Unidos para la administración del Canal como si fuesen soberanos en el mismo.
De las reclamaciones de Panamá surgió el denominado Convenio Taft de 1904, por el cual Estados Unidos le hacía ciertas concesiones a la República. Pero ante una serie de controversias políticas que amenazaban la soberanía panameña, por diferencias entre las autoridades del Istmo y las de la Zona del Canal, el Presidente Belisario Porras planteó por primera vez la necesidad de concertar un nuevo tratado entre los dos países en 1914.
Frente a una política poco flexible de Washington, se iniciaron las conversaciones para introducir reformas al Tratado del Canal; pero el Convenio Kellog-Alfaro, firmado en 1926, fue rechazado por la Asamblea Nacional de Panamá.
Para el año 1936, se realiza el Tratado Arias-Roosevelt, firmado por los presidentes Harmodio Arias Madrid de Panamá y Franklin Delano Roosevelt de Estados Unidos, logra anular el principio de la intervención militar norteamericana en los asuntos internos del estado panameño, para cambiar el concepto jurídico de que Panamá era un país protegido por Estados Unidos, que garantizaba nuestra independencia.
Para 1942 se firma un Convenio de Compensaciones. En 1948 se rechaza otro proyecto de tratado, el Convenio Filos-Hines es repudiado por la Asamblea Nacional de Panamá. La Federación de Estudiantes, el Frente Patriótico de la Juventud y una mayoría ciudadana también se oponen a su contenido (se trataba de bases norteamericanas en nuestro territorio).
En 1953, el Presidente José Antonio Remón Cantera inició con Dwight David Eisenhower, autoridad de Washington una serie de conversaciones que culminaron en enero de 1955 con la firma del Tratado Remón-Eisenhower, que otorgaba algunas ventajas económicas y el pago de arriendos por el canal a la República de Panamá.
En abril de 1964, tras los sucesos del 9 de enero en que cayeron jóvenes panameños que intentaban colocar la bandera panameña en la Zona del Canal, Estados Unidos suscribió con Panamá la declaración Moreno-Bunker, en la que se comprometía a establecer negociaciones destinadas a derogar el Tratado Hay-Bunau Varilla. En 1965, Panamá y Estados Unidos firmaron la Declaración Robles-Johnson, de la cual surgieron no uno, sino tres tratados: uno sobre la administración del Canal actual, otro para la excavación de un canal a nivel por una nueva ruta, y otro sobre la defensa del Canal y su neutralidad.
Este último suscitó tales protestas que el Presidente panameño Marco Aurelio Robles retiró los nuevos tratados de la mesa de deliberaciones de la Asamblea Nacional. Finalmente, en 1977 se firmaron los Tratados Torrijos-Carter: el Tratado del Canal de Panamá y el Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente del Canal y al Funcionamiento del Canal de Panamá.
El Tratado del Canal de 1977 derogó el Tratado Hay-Bunau Varilla y sus pactos complementarios, eliminando los conceptos de perpetuidad de la administración norteamericana y de defenza continental que se había dado a las fuerzas armadas de los Estados Unidos. Mediante este pacto, Estados Unidos se obliga a velar por que Panamá reciba el Canal en óptimas condiciones al mediodía (hora de Panamá) del 31 de diciembre de 1999, entrega que será precedida por la reversión progresiva a Panamá de 31,160 hectáreas de tierra y más de 4,000 edificaciones.
Se creó el denominado Comité Consultivo del Canal de Panamá, integrado por igual número de representantes de Panamá y los Estados Unidos, con la función de asesorar a ambos gobiernos en asuntos de política que puedan afectar el funcionamiento de la vía acuática. Este comité debe brindar asesoría en materia de política de peajes, empleo y adiestramiento para aumentar la participación de panameños en el manejo del Canal. Durante los primeros diez años la junta directiva binacional estaba conformada por cinco 5 norteamericanos y cuatros 4 panameños y un administrador estadounidense y el sub-administrador panameño. En la década del ochenta se establece la reversión de los puertos del pacifico y Atlántico, el ferrocarril transitmico, y las primeras bases militares.
Además este tratado del Canal, establece que en la década del noventa la junta directiva de la comisión del canal estaría integrada por 5 panameños y 4 norteamericanos, el administrador panameño y el subadministrador norteamericano. Durante tal periodo se establece la devolución de importantes bases militares navales, aéreas y de infantería, la preparación e incorporación de panameños en cada uno de los niveles de operación y administración y se aprecia la disminución de 15,000 efectivos militares hasta ninguno al 31 de diciembre de 1999.
A partir del 1 de enero de 1990 por primera vez un panameño asumió el alto cargo de Administrador del Canal. La Dirección Ejecutiva para Asuntos del Tratado (DEPAT) coordina la labor de todos los organismos binacionales establecidos para la implementación de los tratados Torrijos-Carter y ofrece apoyo a los panameños que integran la Junta Directiva del Canal de Panamá y a las operaciones para los servicios de las áreas revertidas.
El Tratado de Neutralidad otorga el derecho de igualdad a todas las naves del mundo y permite transitar, sin sometimiento a inspección, registro o vigilancia, a las naves de guerra y naves auxiliares de todas las naciones. También concede a las naves, tropas y materiales de guerra de Colombia el derecho a transitar el Canal, libres de peajes, derecho que ha sido extendido por Panamá a Colombia y Costa Rica después del 31 de diciembre de 1999, a través del Tratado de Montería. En 1993 Panamá estableció la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) para que coadyuvara a la supervisión de todos los bienes de la antigua zona canalera y planificara el uso, desarrollo y conservación de los bienes revertidos.
Aún cuando Estados Unidos lograra introducir la inesperada enmienda Concini, que aún hoy le permite intervenir en Panamá en caso de que consideren que el manejo del canal está en peligro, es mucho lo que en la recuperación del canal y de su zona se ha logrado.
Citar este texto en formato APA: _______. (2011). WEBSCOLAR. Los Tratados celebrados en Panamá referentes al Canal de Panamá. https://www.webscolar.com/los-tratados-celebrados-en-panama-referentes-al-canal-de-panama. Fecha de consulta: 22 de diciembre de 2024.
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