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Organización de la Salud en Panamá

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INTRODUCCION

Panamá, cuenta con un extenso marco legal en salud, con una amplitud de leyes y normas que rigen la salud en el territorio nacional. Por lo general, estas se enfocan en su quehacer vinculado a su función normativa y la de provisión de los servicios de salud. Sin embargo existen lagunas, conflictos e inconsistencias entre las diferentes partes que dan forma al marco legal en salud.

El Sistema de Salud Pública de Panamá está compuesto por las siguientes instituciones: Ministerio de Salud (MINSA), Caja de Seguro Social (CSS), Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), el Instituto Conmemorativo Gorgas de Estudios de la Salud (ICGES), la Autoridad del Ambiente (ANAM) la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA) y la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario (AAUD). La creación del Ministerio de Salud por medio del Decreto de Gabinete No.1 del 15 de enero de 1969 y su Estatuto Orgánico, por medio del Decreto Ejecutivo No.75 del 27 de febrero de 1969, reviste a las regiones y a las áreas médico – sanitarias, de todas las facultades descentralizadas que permitan la agilización de los programas dentro de las instituciones de salud. Este Decreto tiene rango de Ley, debido a las características con las que fue emitido en un momento donde no existía Asamblea Legislativa.

El Nivel Político y Directivo del Ministerio de Salud ha puesto especial interés en la reorganización administrativa y funcional de la institución, para adecuarla a los lineamientos de la Reforma Sectorial y a los emitidos por el Gobierno Central sobre la modernización y descentralización administrativa y la desconcentración de actividades que posibiliten una eficiente y eficaz gestión administrativa.

Esta investigación tiene como propósito dar a conocer información actualizada sobre la organización y funciones del Ministerio de Salud, además especifíca la denominación formal de las unidades administrativas integradas por el Despacho Superior, Direcciones Nacionales e Institucionales y Departamentos que conforman el Ministerio, su ubicación y dependencia jerárquica, objetivo, funciones, relaciones de coordinación internas y externas y lo referente a su estructura interna, con lo cual se facilita el mantenimiento de un proceso permanente de comunicación y coordinación entre los niveles de autoridad de la organización, con el propósito de que todos y cada uno de sus integrantes conozcan los objetivos generales y específicos del Ministerio y colaboren en el cumplimiento de objetivos y metas comunes.

Como se comentó con anterioridad, se desglosan aquellas entidades que forman parte del sistema de salud de nuestro país; de esta manera este trabajo tiene como finalidad proveer una clara perspectiva sobre la situación y la organización de la salud de la República de Panamá. Para conocer a fondo la organización de la salud en Panamá se debe adentrar en los departamentos de esas entidades que vigilan por la salud.

 

CONTENIDO

LA ORGANIZACIÓN DE LA SALUD EN PANAMÁ

La organización de la salud de Panamá esta regida por una extensa base legal de decretos, leyes y normativas que intentan vigilar y mantener la calidad del servicio en este sector. La Constitución Política de la República del 11 de octubre de 1972 y sus modificaciones (1978, 1983, 1993, 1994 y 2004) que la reforman es la primera de las normativas que intenta mantener la salud en altos estándares; además del Código Sanitario de la República (Ley 66 de 10 de noviembre de 1947) y una cantidad de Decretos y Leyes promulgados por el Gabinete de la República.

El Objetivo del Ministerio de Salud es de velar por la salud de la población de la República de Panamá, través del desarrollo de actividades de Promoción, Protección, Conservación, Restitución y Rehabilitación de la Salud, entendida ésta como el estado de completo bienestar físico, mental y social de la población. Además de sus delicadas funciones, busca ejecutar acciones de promoción, protección, reparación y rehabilitación de la salud que por mandato constitucional son responsabilidad del Estado; determinar y conducir la política de salud a nivel nacional; estudiar, formular y ejecutar el Plan Nacional de Salud; y entre otras funciones que son obviadas en este trabajo.

A. PRINCIPALES UNIDADES ADMINISTRATIVAS

La estructura organizacional permite al Ministerio de Salud ejecutar, eficaz y eficientemente, los procesos necesarios para cumplir con las funciones de rectoría de la producción social de la salud, de provisión de servicios de salud y de gestión institucional.

Con la finalidad de determinar los niveles de responsabilidad y distribuir los procesos entre las unidades organizativas, en la organización de la Salud se identifican siete niveles de jerarquía:

  1. NIVEL POLÍTICO DIRECTIVO

El Nivel político está conformado por el Ministro y el Viceministro. Entre las funciones de este nivel están colaborar con el Ministro/a en la implementación de las estrategias y las políticas de salud, así como en la ejecución de las acciones de promoción, conservación, restitución, protección y rehabilitación de la salud; reemplazar al titular en las ausencias temporales; ejecutar las actividades que le designe el Ministro/a de Turno.

  1. NIVEL COORDINADOR

El Nivel coordinador está conformada por la Secretaría General. Se encarga de coordinar y dar información oportuna sobre los aspectos administrativos y técnicos institucionales, sectoriales e intersectoriales, al nivel Político Directivo; asesorar y orientar al Despacho Superior sobre estrategias y tácticas para atender los asuntos institucionales; mantener canales directos y orientar la comunicación con Organismos Internacionales, Embajadas y otros, para coordinar acciones en la ejecución de políticas, planes y programas de salud; actuar como Secretaría Técnica del Gabinete Ministerial.

  1. NIVEL ASESOR

El Nivel Asesor comprende: a la Oficina de Asesoría Legal, Oficina de Relaciones Públicas, Oficina de Cooperación de Técnica Internacional, Oficinal de Organización y Desarrollo Institucional, Oficinal Nacional de Salud integral para la población con Discapacidad.

    1. Oficina de Asesoría Legal

Esta Oficina tiene como función principal Asesorar la revisión y actualización permanentemente de las disposiciones legales reglamentarias vigentes en materia sanitaria y administrativa; asesorar en la formulación y aplicación de nuevas legislaciones que faciliten la implementación de los roles de provisión de servicios, regulación y financiamiento de la salud, en el marco de la rectoría y autoridad sanitaria del Ministerio de Salud. Además de asesorar, orienta y supervisar en el proceso de los casos jurídico legales, promueve la coordinación entre el Ministerio de Economía y Finanzas y su administración; Participa activamente en las comisiones y comités del ministerio y por último divulga y mantiene actualizado el inventario de la legislación sanitaria vigente coordinando con otros organismos sobre los aspectos sanitarios y administrativos.

    1. Oficina de Relaciones Públicas.

Participa en la formulación y divulgación de las políticas y estrategias en materia de comunicación social institucional, busca impulsar la imagen corporativa de la institución; además coordina las actividades de divulgación de información institucional con Despacho Superior y representar al Ministerio de Salud en actos públicos y oficiales cuya delegación le sea conferida por el nivel superior.

    1. Oficina de Cooperación Técnica Internacional.

Tiene como finalidad establecer un sistema integral que permita el adecuado manejo y la optimización de recursos en aspectos relacionados con las relaciones internacionales, así como la gestión de la cooperación técnica y financiera para el desarrollo de planes y programas; Coordina el proceso de formulación del programa de Cooperación Técnica Internacional y evaluar técnicamente y establecer los criterios y normas para la presentación y formulación de proyectos. Tramitar las postulaciones de profesionales y/o personas, instituciones del sector y organizaciones comunitarias; coordinar las visitas de embajadores, representantes de agencias cooperantes internacionales, registrar las salidas de los funcionarios del Ministerio de Salud al exterior y analizar las propuestas de Cooperación Técnica Internacional.

    1. Oficina de Organización y Desarrollo Institucional.

Se encarga de los niveles de la institución, desarrollo organización y los sistemas administrativos. Revisa la estructura organizativa, elabora diagnósticos administrativos y una de las tareas más importantes elabora con la participación del personal el manual de organización de los servicios que brinda.

    1. Oficina Nacional de Salud Integral para la Población con Discapacidad.

Esta oficina vela por la elaboración del Plan Nacional de Salud para la integración de personas con Discapacidad, analiza los planes, programas por otras instituciones en el sector público, coordina con organismos internacionales sobre fuentes de financiamiento; vigilar el cumplimiento a nivel nacional, de las Políticas de Equiparación de Oportunidades y demás leyes vigentes para la población con discapacidad, en el área de salud y elaborar los requerimientos y criterios técnicos del espacio físico, de los equipos, de los mobiliarios e implementos para los Centros de Rehabilitación.

  1. NIVEL FISCALIZADOR

El Nivel fiscalizador está conformado solamente por la Oficina de Auditoría Interna. Su principales funciones abarcan a evaluar permanentemente la eficacia y eficiencia de los sistemas, procedimientos y procesos de trabajo administrativos, presupuestarios y financieros así como, los instrumentos de control interno utilizado, en todos los niveles de la Organización; vigilar que los auditores cumplan con las normas legales vigentes; coordinar con Asesoría Legal y la Contraloría General de la República contra fraudes y asegurar la efectiva rendición de cuentas.

  1. NIVEL AUXILIAR DE APOYO

El Nivel Auxiliar de Apoyo lo conforman diferentes Direcciones, tales como: la Dirección de Administración, Dirección de Finanzas, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Infraestructural de Salud, Juzgado Ejecutor y la Oficina de Informática.

    1. Dirección de Administración.

Se encarga de materializar las Políticas de Recursos Materiales y Servicios Generales del Ministerio de Salud en base a las necesidades propias de cada Unidad Administrativa y en los procedimientos establecidos, a fin de asegurar el apoyo oportuno a las operaciones que realiza la Institución. Promueve e impulsar la descentralización de la gestión administrativa, asegurar el buen uso de lo materiales e insumos, establecer programas de monitoreo y supervisión del área administrativa y coordinar los servicios de apoyo de servicios generales.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Subdirección; Departamentos de Compras y Proveeduría; Servicios Administrativos y con algunas secciones dentro de estos departamentos.

    1. Dirección de Finanzas.

Su objetivo es materializar las Políticas de Recursos Financieros del Ministerio de Salud, con base en las necesidades propias de cada Unidad Administrativa y en los procedimientos establecidos para el manejo de los bienes y fondos públicos, a fin de asegurar el apoyo oportuno a las operaciones que realiza la Institución.

Entre sus funciones está participar en la formulación de las políticas de finanzas; vela por el cumplimiento de las leyes, normas, sistemas y procedimientos administrativos, participa en el proceso de planificación y formulación presupuestaria; actúa como enlace de todo el sistema contable financiero del Ministerio de Salud con la Contraloría General de la República; vela por el desarrollo e implementación del sistema de costos en las instalaciones de salud; vigila que la captación de los ingresos de gestión se realicen cumpliendo las normas y procedimientos vigentes y establece programas de monitoreo y supervisión financiera.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Subdirección y Departamento de Administración Financiera y con algunas secciones dentro de estos departamentos.

    1. Dirección de Recursos Humanos

Materializar la Política de Recursos Humanos de la Institución, en base a normas y procedimientos establecidos de administración de los recursos humanos al servicio del Estado, a fin de asegurar la efectiva participación de la fuerza laboral en el logro de los objetivos del Ministerio de Salud.

Sus funciones son muy básicas, Incorpora en el Plan Nacional de Salud aspectos como la planificación, formación, capacitación, gestión y regulación de Recursos Humanos en Salud; impulsa nuevos modelos de acreditación; fomenta los procesos de investigación operativa; revisa y adecua los aspectos legales en la gestión de Recursos Humanos; desarrolla propuestas educativas acordes, entre otras funciones.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Subdirección de Recursos Humanos; Departamentos de Planificación e Investigación de Recursos Humanos; Reclutamiento, Selección y Evaluación del Desempeño; Departamento de Clasificación y Retribución de Puestos; Bienestar del Servidor Público y Relaciones Laborales; Formación y Capacitación de Recursos Humanos; Registro y Control de Recursos Humanos; de Orientación Infantil (COIF).

    1. Dirección de Infraestructura de Salud

Garantizar las condiciones óptimas de las infraestructuras de salud que comprende edificaciones, equipos industriales y biomédicos y obras sanitarias, a través del cumplimiento de las normas y las leyes relacionadas con las edificaciones y equipos sanitarios, para asegurar que estén en condiciones óptimas para la provisión de servicios de atención a la población y al ambiente.

Entre las funciones de la Dirección de Infraestructura esta: Coordinar con la Dirección de planificación las políticas sanitarias, coordina la formulación y evaluación del presupuesto de inversión, garantiza los proyectos incorporados al presupuesto de inversión, dirige la elaboración de protocolos. Entre sus papeles principales ejecutar los proyectos de infraestructura y obras concerniente a la salud, se encarga de los programas sanitarios a nivel central, regional y local.

Colabora junto con el Consejo Técnico de salud los proyectos de las instalaciones de salud gubernamental y del sector privado.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Subdirección; Arquitectura; Inspecciones; Ingeniería y Mantenimiento de Infraestructura con la Sección de Saneamiento Intrahospitalario e Instalaciones Industriales; y el de Mantenimiento de Equipo Biomédico y con algunas secciones dentro de estos departamentos.

    1. Juzgado Ejecutor

Ejecutar los procesos ejecutivos en materia de jurisdicción coactiva a favor del Ministerio de Salud, de acuerdo a las legislaciones vigentes, para recuperar los créditos vencidos por multas, deudas u otra obligación con mérito ejecutivo impuestas por las Autoridades Sanitarias.

La función del juzgado ejecutor, determina los casos de demandas que se van a presentar a las autoridades de salud facultadas, asegura la elaboración de la resolución de ejecución del proceso. Vigila que los procesos se realicen de forma coactiva según las disposiciones legales, garantías constitucionales y demás respectivas normativas. Asegura la devolución oportuna de los expedientes de los casos morosos con arreglo de pago, ordenar la suspensión temporal del proceso de cobro coactivo, vela por el cumplimiento de la Ley moratoria, entre otros asuntos de carácter legal pertinentes.

    1. Oficina de Informática

La oficina de Informática su objetivo es administrar la Intranet del Ministerio de Salud en base a estándares de excelencia en el mantenimiento y actualización, para asegurar el cumplimiento de su rol como elemento crucial y vertebrador de los Sistemas de Información de la Institución.

Sus funciones consisten en coordinar y supervisar los sistemas y redes de informática, elabora normas, procedimientos y seguridad de equipo a nivel computacional e informático, asesora a todos los usuarios de la institución, coordina la capacitación en las nuevas tecnologías.

  1. NIVEL TÉCNICO

El nivel técnico está compuesto por: Dirección de Planificación y Dirección del Subsector de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario.

    1. Dirección de Planificación.

Su objetivo está en asesorar en aspectos relacionados con la planificación, formulación presupuestaria y el manejo de Sistema de Información Gerencial y Estadísticas, en le marco de su misión y visión, para asegurar la instrumentación de las políticas de salud.

Entre sus funciones se encuentra las tareas de dirigir, supervisar y evaluar los procesos y tendencias de salud de la población y el ambiente. Además promueve y coordina la formulación de planes y estrategias para implementación las políticas de salud, formulan y evalúan la implementación del Plan Nacional de Salud. No sólo evalúa las tareas anteriores, sino que evalúa la ejecución del Presupuesto de Funcionamiento y promueve y busca coordinar el desarrollo de la comunicación con los planes y programas de salud.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Departamentos de Planificación de Salud Poblacional; Planificación de Salud Ambiental; Registros Médicos y Estadísticas de Salud; Análisis de Situación de Salud; y el de Formulación y Evaluación de Presupuesto y Proyecto de Inversión y con algunas secciones dentro de estos departamentos.

    1. Dirección del Subsector de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario

Las funciones de esta dirección consiste en: formular y coordinar las políticas y planificación del subsector de agua potable y alcantarillado sanitario. La formulación, coordinación e implementación de las políticas y estrategias nacional, evalúa las necesidades de financiamiento de los sectores responsable en las políticas de financiamiento y asignación de los fondos.

La formación y dictación de normas y reglamentaciones referidas a las actividades con la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado y otros servicios públicos.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Subdirección; Calidad de Calidad de Agua Potable y Agua Residual; y el de Obras de Agua Potable y Sanitarias con la Sección de Pozos, Acueductos y Obras Sanitarias y con algunas secciones dentro de estos departamentos.

  1. NIVEL OPERATIVO

En cambio el nivel operativo está conformado por las siguientes direcciones: Dirección General de Salud Pública, Dirección de Promoción de la Salud, Dirección de Provisión de Servicios de Salud, Dirección Nacional de Farmacia y Drogas y el Sistemas Regionales de Salud.

    1. Dirección General de Salud Pública

Su objetivo es garantizar permanentemente la formulación y actualización de las normas y procedimientos jurídicos y técnicos de toda la producción u oferta de servicios sanitarios, públicos y privados, directos e indirectos, en forma participativa y basada en la evidencia científico-técnica, para el logro de la salud integral a la población y al ambiente, en todo el territorio nacional.

Entre sus funciones están:

  • Formular y evaluar las políticas sanitarias y el Plan Nacional de Salud;
  • Elaborar todas las normas y procedimientos jurídicos;
  • Supervisar y evaluar el cumplimiento de las regulaciones sanitarias;
  • Establecer, desarrollar y supervisar los sistemas de vigilancia de los factores protectores y de riesgos para la salud;
  • Promover y garantizar la capacitación sistemática y constante del equipo de salud;
  • Ejercer la Secretaria Técnica del Consejo Técnico de Salud;
  • Dar seguimiento a las resoluciones y otras disposiciones del Despacho Superior Ministerial, en materia de Salud Pública;
  • Formular el Plan Operativo Anual de la Dirección General de Salud.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Secretaría del Consejo Técnico; Departamento de Vigilancia de Factores Protectores y de Riesgos a la Salud y de Enfermedades; y las Subdirecciones Generales de Salud de la Población; Programa Salud Mental, y la del Programa SIDA; Salud Radiológica; Enfermería; Investigación y Desarrollo Tecnológico en Salud con la Sección de Vigilancia y Regulación de Dispositivos Médicos; Instalación y Servicios de Salud a la Población; Departamento Bucal; y el Departamento de Gestión de Laboratorio Clínico; y la Subdirección de Salud Ambiental; Control de Vectores con la Sección de Control de Roedores y Otras Plagas, Control de Malaria y sus Vectores, y la de Control de Aedes y Otros Vectores; Control de Zoonosis; Saneamiento Ambiental y con algunas secciones dentro de estos departamentos.

    1. Dirección de Promoción de la Salud

Esta dirección busca impulsar y facilitar los procesos que proporcionen a la población panameña los medios necesarios para ejercer un mayor control sobre su salud, la de su familia y la comunidad, para mejorar la calidad de vida en el marco de sus derechos y deberes sanitarios.

Las funciones de esta dirección son desarrollar y asegurar las políticas, planes, programas y normas de Promoción de la Salud, impulsa el desarrollo de investigaciones, desarrolla mecanismos de participación social, fortalece modelos de atención, promueve las acciones orientadas en cambios a nivel social-ambienta, comunitario, familiar e individual, además elabora metas y objetivos sobre el Plan Operativo Anual.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Subdirección de Promoción de la Salud; Departamento de: Técnicas para la Promoción de la Salud con las Secciones de Participación Social, Educación para la Salud, y la de Comunicación para la Salud; Conducta Humana y Salud con las Secciones de: Conducta Humana y Salud, Salud Mental y Familiar, Pueblos Indígenas y Medicina Tradicional, y la de Mujer, Género, Salud y Desarrollo y con algunas secciones dentro de estos departamentos.

    1. Dirección de Provisión de Servicios de Salud

Su objetivo principal es garantizar la efectiva cobertura de servicios a toda la población, con niveles aceptables de calidad científico-técnica, eficacia, eficiencia, efectividad, equidad y universalidad, para mejorar el grado de salud y de satisfacción de los usuarios del Sistema Nacional de Salud.

Se encarga de la gestión y asignación de los recursos y desarrolla nuevos modelos en la red de los servicios públicos, impulsa el sistema de costo, desarrolla nuevas formas de relación y compromiso con las regiones de la salud y vigila que los proveedores de servicios establezcan programas de educación.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Subdirección; Departamento de Salud en Situaciones de Contingencia; Organización y Desarrollo para la Provisión de los Servicios de Salud; Desarrollo de Modelos de Gestión para la Provisión de los Servicios de Salud; Monitoreo y Evaluación de la Provisión de Servicios de Salud: Gestión Farmacéutica; Salud Nutricional; Trabajo Social; Provisión de Suministros Sanitarios con la Sección de Insumos Médicos Quirúrgicos y Medicamentos y con algunas secciones dentro de estos departamentos.

    1. Dirección Nacional de Farmacia y Drogas

Su principal objetivo es asegurar que el análisis, la vigilancia y el control de calidad de Medicamentos y otros Productos para la Salud Humana.

Sus funciones son vigilar los medicamentos y productos de salud humana cumplan con los estándares de calidad, autoriza la detención de productos farmacéuticos que no reúnan los estándares, autoriza los certificados de registros sanitarios, de libre venta, y otros permisos sanitarios.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las siguientes unidades administrativas: Subdirección; Departamento de Farmacovigilancia con el Centro Nacional de Farmacovigilancia, y la Sección de Control de Calidad.

    1. Sistemas Regionales de Salud

Su objetivo principal es vigilar y proponer el cumplimiento de los programas, políticas y estrategias nacionales y de las disposiciones sanitarias de atención de salud. Sus funciones principales son: conducir el proceso de diagnóstico y análisis de salud, propone estrategias para mejora la situación de salud, implementa los sistemas de vigilancia epidemiológica nacional y aplica las normativas vigentes de salud en el ámbito local.

Para el desarrollo de sus funciones cuenta con los siguientes Sistemas Regionales de Salud: Bocas del Toro; Coclé; Colón; Chiriquí; Darién y la Comarca de Emberá-Waunán y Wargandí; Herrera; Los Santos; Metropolitana; Panamá Este; Panamá; Panamá Oeste; San Miguelito, Alcalde Díaz y Las Cumbres; Veraguas; Comarca de Kuna Yala; Comarca Ngobe Bugle.

B. SECTOR AL QUE PERTENECE LA INSTITUCIÓN SALUD

La institución salud se divide en dos tipos de sectores:

  • Relaciones Intrasectoriales: Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, Municipio de Panamá (Dirección Municipal de Aseo Domiciliario y Urbano), Caja de Seguro Social.
  • Relaciones Intersectoriales: Universidad de Panamá, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Desarrollo Agropecuario, Ministerio de Vivienda, Lotería Nacional de Beneficencia, Ministerio Educación, Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos, Banco Nacional de Panamá, Contraloría General de la República, Universidad Especializada de las Américas y otros.

C. CONSEJOS Y COMISIONES QUE PRESIDE EL MINISTRO DE SALUD

  1. Consejo Nacional de Hospitales

Basado en el Decreto Ejecutivo No. 28 de 10 de febrero de 1996, por el cual se crea el Consejo Nacional de Hospitales y el consejo Directivo del Hospital en los diferentes hospitales del Ministerio de Salud. Su primordial objetivo es contribuir al desarrollo de un sistema hospitalario público, debidamente regionalizado y jerarquizado por niveles de atención y complejidad, y articulado con los establecimientos del primer nivel de atención médica y de salud.

Entre sus funciones esta velar la gestión de los hospitales, promueve estudios sobre las necesidades de regulación, promueve la participación social.

Los miembros del Consejo Nacional de Hospitales son:

  • Ministro de Salud y el de Planificación y Política Económica o sus respectivos representantes.
  • Representantes: de la empresa privada, preferentemente relacionado con la administración hospitalaria, de los trabajadores organizados, de los profesionales que prestan servicios en Hospitales del Ministerio de Salud, de las provincias de la República de Panamá, en representación de los gobernadores del país, de las Facultades de medicina de las distintas universidades reconocidas en el país, de las organizaciones no gubernamentales relacionadas con la salud y por los Comités de Salud del país.
  • Gobernador de la Provincia de Panamá, en representación de los gobernadores del país.
  1. Comisión Nacional de Recursos Humanos del Sector Salud

Basado en el Decreto Ejecutivo No. 204 del 25 de febrero de 1992, por el cual se crea la Comisión Nacional de Recursos Humanos del Sector Salud.

Su principal función es proponer políticas, estrategias, programas y metas encaminadas a la planificación, formación, utilización y evaluación de los recursos humanos, recomienda la realización de estudios e investigaciones vinculadas al mejoramiento de la oferta y demanda de recursos humanos en el Sector y la elaboración del Estatuto y Reglamento Interno.

Esta comisión está compuesta por las siguientes personas:

  • Representantes: del Ministerio de Salud, quien presidirá la reunión, de la Caja del Seguro Social, del Ministerio de Planificación y Política Económica, del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, de la Universidad de Panamá, del Instituto de Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos y de los Gremios del Sector Salud.
  • Comisión Médica Negociadora Nacional.
  • Representantes de los Colegios: Nacional de Enfermería, Nacional de Farmacéutico y Nacional de Laboratorista Clínicos.
  • Asociaciones: Nacional de Técnicos en Radiología Médica, Odontológica Panameña, Panameña de Nutricionistas / Dietistas y de Empleados Administrativos.
  • Representante del Sector Privado y de las Instituciones Públicas.
  1. Comisión Nacional de Registro Nacional de Oferentes

Basado en la Ley No. 1 de 10 de enero de 2001, sobre Medicamentos y otros Productos para la Salud Humana y en el Decreto Ejecutivo No. 105 de 15 de abril de 2003, que modifica el Decreto Ejecutivo 178 de 12 de julio de 2001, modificado por el Decreto 319 de 28 de septiembre de 2001 que reglamenta la ley 1 de enero de 2001, sobre Medicamentos y Otros Productos para la Salud Humana.

Tiene como función proponer la estructura organizativa que requiera la Comisión para su funcionamiento, envía a los estamentos de compras de las instituciones públicas de salud, absorbe las conductas de los oferentes, expide los certificados de registros oferentes numerados,

Los miembros que conforman a la Comisión Nacional de Registro Nacional de Oferentes:

  • Ministerio de Salud.
  • De los siguientes Hospitales: Hospital Santo Tomás, Hospital Psiquiátrico Nacional, Hospital de Niño, Hospital Integrado San Miguel Arcángel, Complejo Hospitalario Arnulfo Arias Madrid y Hospital de Larga Estancia.
  • Caja del Seguro Social
  • Universidad de Panamá.
  • Asociación de Representantes y Distribuidores de Productos Farmacéuticos y Afines
  • Instituto Conmemorativo Gorgas de Estudios de la Salud.
  • Instituto Oncológico Nacional.
  • Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá.
  1. Consejo Técnico de Salud

El Consejo Técnico de Salud está regido por los dos Decretos: el Decreto No. 75 de 27 de febrero de 1969, por medio del cual se establece el Estatuto Orgánico del Ministerio de Salud en desarrollo del Decreto de Gabinete No.1 de 15 de enero de 1969 y el Decreto No. 44 del 9 de febrero de 1972, por el cual se reforma el Artículo 18 del Decreto No.75 de 27 de febrero de 1969.

Sus principales funciones son: aprobar la idoneidad para el ejercicio de la profesión, supervisa el ejercicio de las profesiones, sanciona las infracciones a la norma, recomienda los requisitos mínimos para las instituciones de salud privadas, acoge las denuncias y modifica las reglamentaciones de la medicina y demás profesiones conexa y auxiliares.

Los personajes miembros del Consejo Técnico son:

  • Ministra de Salud.
  • Viceministro de Salud.
  • Director General de Salud (Secretario del Consejo).
  • Asesora Legal del Ministerio de Salud.
  • Jefe del Departamento de Farmacia y Droga del Ministerio de Salud.
  • Director de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria del Ministerio de Salud.
  • Representantes: de la Facultad de Medicina, de la Caja de Seguro Social, de la Asociación de Optometrista, de la Asociación Odontológica, los Técnicos en Radiología Médica, la Asociación de Nutricionista – Dietética, del Colegio Nacional de Farmacéuticos, de la Asociación Nacional de Enfermeras, del Colegio Nacional de Laboratoristas y de la Asociación de Fisioterapeuta / Quinesiología.
  1. Comisión Docente Nacional

Basado en la Resolución No. 126 de 7 de mayo de 2001. Su función principal es programar las actividades educativas y de investigaciones anuales, elabora propuestas educativas y planes nacionales, supervisa y evalúa las actividades de desarrollo del recurso humano, establece el cronograma de trabajo para la programación, coordinación y supervisión, y entre otras.

Los miembros que forman parte de la Comisión Docente Nacional son:

  • El Ministro de Salud, o quien él designe, que lo presidirá.
  • El Jefe de Formación y Capacitación, en representación del Director de Desarrollo Integral de Recursos Humanos, que ejercerá la secretaría.
  • Directores: Administración y Finanzas, de Infraestructura de Salud, o la persona que él designe, Nacional de Políticas del Sector Salud, o la persona que él designe, General de Salud Pública, o la persona que él designe, de Provisión de Servicios de Salud, o la persona que él designe, Nacional de Promoción de la Salud, o la persona que él designe, del Instituto Conmemorativo Gorgas, o la persona que él designe.
  • Un representante de los Centros de Referencia en el Hospital Santo Tomás, Hospital del Niño e Instituto Oncológico Nacional.
  1. Comité de Becas y Licencias por Estudios

Basado en los Decretos de Gabinete No. 1 del 15 de enero de 1969, por el cual se crea el Ministerio de Salud, se determina su estructura y funciones y el Decreto No. 75 de 27 de febrero de 1969, por medio del cual se establece el Estatuto Orgánico del Ministerio de Salud en desarrollo del Decreto de Gabinete No.1 de 15 de enero de 1969 y por la Ley No. 31 del 2 de septiembre de 1977 y Resolución No. 509 de 19 de octubre de 2005.

Sus principal función es la confección del acta y orden del día de reuniones, informe al presidente sobre la convocatorias de reuniones, convoca reuniones, publica los ofrecimiento de oportunidades como becas y solicitar, por su propia cuenta, al centro de estudios en que se encuentra el beneficiado, los informes que estime convenientes para comprobar la realidad y su aprovechamiento en los estudios.

Los miembros del Comité de Becas y Licencias de Estudios son:

  • El Ministro de Salud, o la persona que él designe, quien la presidirá.
  • Directores: General de Salud Pública, Nacional de Políticas del Sector Salud, Nacional de Administración y Finanzas, Nacional de Promoción de la Salud, Nacional de Infraestructura Sanitaria, Nacional de Provisión de Servicios de Salud, Nacional de Desarrollo Integral de Recursos Humanos, quien estará a cargo de la Secretaría Técnica del Comité, de Asesoría Legal y de Asuntos Internacionales.

CONCLUSION

El MINSA además de ser un importante prestador de servicios de salud es también, el ente rector del Sector Salud y, tiene por mandato constitucional, la responsabilidad de velar por la salud de la población y garantizar que los servicios, sean adecuados para el logro de este objetivo. Tiene, igualmente la responsabilidad legal y formal de fijar la política del sector, regular la actividad de salud, ejercer la función de autoridad sanitaria y coordinar con las otras instituciones del sector público y privado.

Para que una organización tenga éxito depende de muchos factores empresariales que deben cumplirse, una comunicación eficiente, calidad de trabajo humano, trabajo en equipo, tener metas definidas y además poseer un buen líder. Hemos definido la organización de la salud en nuestro país, sus departamentos y sus funciones, dándonos cuenta que cada uno de ellos debe tener el personal idóneo para lograr alcanzar los objetivos planteados por el sistema de salud, si algún departamento no trabajo a fin con el otro, los resultados no pueden ser los esperados por los analistas.

La labor de estos profesionales, tanto médicos, técnicos, auxiliares y demás cooperadores de la salud es de suma importancia ya que tienen en sus manos decisiones de mucha importancia y que pueden cambiar la vida de muchas personas en solo segundos; estas personas deben estar capacitadas y sobre todo preparadas para hacer frente a sus decisiones.

Este personal debe velar y regir las normativas de los código Sanitarios, y legislaciones a fines que se encarguen de la salud de todos.

En este campo se ha visto una gran cantidad de Direcciones, Oficinas y Departamentos involucrados en materia de Salud y que forman parte de la organización de la salud. Cada una de estos sectores tiene su función y un objetivo que los une.

La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

RECOMENDACIONES

  • Brindar mayor información sobre los diversos departamentos que forman a la organización de la salud en nuestro país.
  • Familiarizar al estudiante de farmacia y de áreas de salud con las funciones que deben realizar en respectivos departamentos del sistema de salud
  • Promover y difundir los objetivos de los sectores de la organización de la salud
  • Debatir temas a fines con respecto a la organización de la salud en Panamá, para promover el interés de las personas en sus aspectos de importancia.

BIBLIOGRAFÍA

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ROMAN, J. Consultoría para el Análisis de Políticas, Normas y Protocolos de Atención en Salud en Panamá para las Intervenciones de la Iniciativa SM2015. Agosto, 2011. 100 páginas. http://www.iadb.org/WMSfiles/products/SM2015/Documents/website/SM2015%20Panamá%20-%20Estudio%20de%20análisis%20de%20pol%C3%ADticas%20en%20salud.pdf

GONZALEZ, J.M. Cambios Organizativos al servicio de la gestión pública. IV Seminario. La Gestión del Cambio en los Servicios Sanitarios. Granada: Escuela Andaluza de Salud Pública. 6 y 7 de noviembre de 1997. Libro de Ponencias.

CODIGO SANITARIO DE PANAMA – Ley 66 de 10 de noviembre de 1947

ANEXO

[image]

Organigrama del Ministerio de salud en Panamá

[image]

Diferentes códigos y normativas regulan diferentes elementos en el sector salud

[image][image]

Algunas instituciones que forman parte de la organización de salud en Panamá

Citar este texto en formato APA: _______. (2017). WEBSCOLAR. Organización de la Salud en Panamá. https://www.webscolar.com/organizacion-de-la-salud-en-panama. Fecha de consulta: 21 de diciembre de 2024.

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