Preguntas sobre la auditoria aduanera
1- ¿Base legal para la auditoria aduanera?
R/. El Departamento de Auditoria de Procedimientos de la Dirección General de Aduanas cuenta con 21 auditores que efectúan auditorias a empresas (externas) y a las oficinas y recintos de la Aduana misma (auditorias internas).
Las auditorias pueden corresponder a casos enviados por las Administraciones Regionales, ser previamente programadas o también en razón de denuncias recibidas a través del Departamento de Fiscalización Aduanera. Otras denuncias se tratan como auditorias especiales o no planificadas, pues son ordenadas por el Director General.
Las auditorias externas llevadas a cabo en las zonas de Panamá y Colón en el año 2005 fueron entre 58 y 60 y resultaron en un 100% de ajustes con una recaudación de $667,000. Los resultados de estas auditorias no fueron registrados en el SICE.
2- ¿En que consiste la auditoria en los recintos aduaneros?
R/. Una auditoría es una revisión o examinación de los procesos que hacemos al internar o extraer mercancías al o del país, a fin de comprobar que se ajustan a lo establecido por la normatividad aduanera. Definitivamente con esto obtenemos muchos beneficios que podrían ser previos a la ejecución de toda operación de Comercio Exterior (CE); aunque es un hecho que esta auditoría se practica después de una operación aduanera.
3- ¿Que valores manejan los recintos que requieren la auditoria?
R/. Los Alcances de Auditoria del primer trimestre alcanzaron la cifra de B/. 90,513.84, es decir, los alcances de auditoria estuvieron B/. 68, 853,.20 por encima de los alcances del mismo período del 2007. Esta cifra representó un 318% más que en el período anterior. Estos alcances son el 100% detectado por el Departamento de auditoria, y posteriormente son enviados a su respectiva administración para ser cobrados con la sanción que determine cada Administrador en base a la Ley 30 del 8 de noviembre de 1984.
Los Alcances de Auditoria que se detectaron durante el primer trimestre se dieron por las siguientes razones: Fletes no Declarados, Facturas no Declaradas y por Mal Aforo.
Según el Departamento de Auditoria de Procedimientos, en el primer trimestre del año 2008, no se hizo ninguna auditoria por referencia de la Contraloría General de la República, es decir que todos los casos son de Auditoria de Procedimientos.
4- ¿Cuando y quien vende el formulario de traslado y cual es su costo?
R/. Cuando se trate de una carga que tenga Traslado asociado a determinado depósito, y se requiera modificar datos a través de Rectificación, se deberá buscar el número de Manifiesto (E2002…….) y crear un nuevo conocimiento corregido con el mismo número pero con fecha distinta a la que tiene el conocimiento errado. Después deberá entrar en “Registro de Disponibilidad”, buscar el conocimiento con los datos incorrectos y proceder a Indisponibilizar, informando las razones y el número de nota que sustenta la indisponibilidad. El sistema no permite modificar datos de conocimientos que tengan Traslado asociado.
El Inspector debe realizar nuevo Traslado del conocimiento, para disponibilizar dicha carga en el depósito donde se encuentra y se pueda proceder con la liquidación y retiro, siempre que la carga físicamente se traslado y se encuentra en dicho depósito. Como anteriormente se había generado el documento de Traslado y se pagaron los derechos de traslado aduanero, y físicamente la carga se movilizó, el Inspector sólo debe aplicar el B/.1.00 del formulario generado por tratarse de nuevo Traslado.
5- ¿Que es el reaforo?
R/. El reaforo es la operación de reconocer las mercancías, verificar su naturaleza y valor, establecer su peso, cuenta o medida, clasificarlas en la nomenclatura arancelaria, determinando los aranceles e impuestos que les son aplicables.
Citar este texto en formato APA: _______. (2012). WEBSCOLAR. Preguntas sobre la auditoria aduanera. https://www.webscolar.com/preguntas-sobre-la-auditoria-aduanera. Fecha de consulta: 18 de noviembre de 2024.